LEY 15 DE 1966

                     

LEY 15 DE 1966    

(julio 12   de 1966)    

por la cual se nacionaliza una   Escuela Agrícola en el Municipio de Santa Sofía y se dictan otras disposiciones.    

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El Congreso   de Colombia,    

DECRETA  

Artículo 1. Nacionalizase la Escuela Agrícola   Departamental de Santa Sofía, creada por Decreto número 162 de febrero 26 de   1964, emanado de la Gobernación de Boyacá.    

Artículo 2. Destinase la suma de quinientos mil pesos ($   500.000.00) para la construcción del edificio de la Escuela Agrícola de Santa   Sofía; tal suma se entregará en dos partidas iguales, que serán presupuestados   en las vigencias fiscales de los años de 1967 y 1968.    

Artículo 3. Destinase la suma de doscientos mil pesos ($   200.000.00), para maquinaria agrícola y material didáctico con destino a la   dotación de la citada Escuela Agrícola.  

Artículo 4. Para la efectividad de la presente Ley,   facúltase al Gobierno Nacional para hacer los traslados y apropiaciones en los   Presupuestos correspondientes.    

Artículo 5. Esta Ley regirá desde su sanción.  

Dada en   Bogotá, D.E., a primero de junio de mil novecientos sesenta y seis.    

El   Presidente del honorable Senado,    

 EUGENIO   GÓMEZ GÓMEZ    

El   Presidente de la honorable Cámara,    

 CARLOS   ALBORNOZ R.    

El   Secretario del honorable Senado,    

 Amaury   Guerrero    

El   Secretario de la honorable Cámara,    

 Luis   Esparragoza Gálvez    

República   de Colombia. Gobierno Nacional.    

 Bogotá,   D.E., julio 12 de 1966.    

Publíquese   y ejecútese.    

GUILLERMO LEÓN VALENCIA    

El Ministro   de Hacienda y Crédito Público,  

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El Ministro   de Agricultura,  

José Mejía   Salazar.  

El Ministro   de Educación nacional,  

Daniel   Arango Jaramillo.