LEY 14 DE 1970

Leyes 1970
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LEY 14 DE 1970

    (DICIEMBRE 15)

    Por  la cual se honra la memoria del doctor Gustavo Jiménez Jiménez.

    El Congreso de Colombia

       

DECRETA    

Artículo 1. La Nación honra la memoria del doctor Gustavo Jiménez Jiménez,     eminente jurisconsulto, e ilustre hombre público, muerto trágicamente en el     ejercicio de sus funciones parlamentarias en el recinto de la Cámara de     Representantes.

       

Artículo 2. En homenaje a su memoria, la Nación construirá en Sogamoso, ciudad     natal del insigne parlamentario desaparecido, el edificio donde funcionará un     Instituto de Bachillerato Técnico, que se denominará Colegio Nacional “Gustavo     Jiménez Jiménez”, cuya organización y sostenimiento, estarán a cargo de la     nación.

       

Artículo 3. El Ministerio de Educación Nacional, el Instituto Colombiano de     Construcciones Escolares (I.C.C.E.), o las entidades que el Gobierno Nacional     determine, realizarán los estudios de factibilidad y aquellos que fueren     indispensables para que la obra prevista en el artículo anterior, sea incluida     en los próximos planes y programas nacionales de desarrollo económico y social.    

       

Artículo 4. Sendos retratos el óleo, del doctor Gustavo Jiménez, se colocarán en     el salón de sesiones de la Comisión Cuarta Constitucional Permanente a la cual     pertenecía en el momento de su muerte y en la sala rectoral del Colegio que en     honra a su memoria se erigirá.

       

Artículo 5. Facúltase al Gobierno Nacional para hacer los traslados     presupuéstales, efectuar las apropiaciones y contratar los empréstitos que     fueren necesarios para el cabal cumplimiento de esta Ley.

       

Artículo 6. Copia de la presente Ley será entregada, en nota de estilo, al     Consejo Municipal de Sogamoso, por las comisiones que para tal efecto designen     el Senado de la República y la Cámara de Representantes.

Artículo 7. Esta Ley regirá desde su sanción y deroga las disposiciones que le     sean contrarias.

       

Dada en Bogotá, D.C., a 3 de noviembre de 1970.

    El Presidente del Senado,  

EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.  

El Presidente de la Cámara de     Representantes,  

GILBERTO SALAZAR RAMIREZ.  

El Secretario del Senado,  

Amaury Guerrero.  

El Secretario de la Cámara de Representantes,  

Eusebio Cabrales Pineda.

    República de Colombia.-Gobierno Nacional.

    Bogotá, D.C., diciembre 15 de 1970.

    Publíquese y ejecútese.

    MISAEL PASTRANA BORRERO

    El Ministro de Educación Nacional,

    Luis Carlos Galán.                    

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