LEY 12 DE 1971

LEY 12 DE 1971  

(octubre 18   DE 1971)

    Por la cual se modifica la ley 29 de 1964.  

El Congreso de Colombia

DECRETA  

     

Artículo 1. Deróganse los artículos   4 y   6 de la  Ley 29 de 1964 y el parágrafo     del artículo 4 de la misma.  

Artículo 2. El Gobierno Nacional reglamentará la adjudicación de los premios de     que trata la ley 29 de 1964, e integrará cada año, en el mes de enero, los     respectivos jurados calificadores.  

Artículo 3. Esta Ley regirá desde su sanción.  

Dada en Bogotá, D.C., a 16 de septiembre de 1971.

    El Presidente del Senado,  

EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.  

El Presidente de la Cámara,  

GILBERTO SALAZAR RAMÍREZ.  

El Secretario del Senado,  

 Amaury Guerrero.  

El     Secretario de la Cámara,  

Eusebio Cabrales Pineda.

    República de Colombia.-Gobierno Nacional.

    Bogotá, D.C., octubre 18 de 1971.

    Publíquese y ejecútese,

    MISAEL PASTRANA BORRERO

    El Ministro de Educación Nacional,    

Luis Carlos Galán     Sarmiento