LEY 10 DE 1971

Leyes 1971
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LEY 10 DE 1971  

(septiembre 22   de 1971)  

Por  la cual se cede en propiedad al Centro Social San José, de Zipaquirá, un     inmueble de propiedad de la Nación, administrado por el Banco de la República,     Concesión de Salinas Terrestres.

El Congreso de Colombia

DECRETA    

Artículo 1. La Nación cede en propiedad al “Centro Social San José”, de Zipaquirá, un lote de terreno de propiedad de la Nación, denominado “Concesión     Salinas Terrestres”, ubicado en el barrio “Julio Caro”, de la misma ciudad de     Zipaquirá, con los siguientes límites y dimensiones: por el Norte con la     carretera que conduce a la Carretera Central, 175 metros; por el Sur, con la     calle 3 que conduce al Seminario Conciliar, 175 metros; por el Occidente, con la     carretera, 105 metros, y por el Oriente, con el Seminario Conciliar, 105 metros,     incluyendo en este lote el teatro construido en él, con sus instalaciones y     dependencias.

Artículo 2. La cesión de que trata le artículo anterior estará destinada     exclusivamente a la construcción del edificio del “Centro Social San José”, de Zipaquirá.

    Parágrafo. Es entendido que en el momento en que el inmueble deje de ser     utilizado para educación popular y de clase media, su propiedad revertirá     automáticamente a la Nación. Este parágrafo será incluido como cláusula especial     en la respectiva escritura de cesión.

Artículo 3. El Gobierno Nacional procederá a otorgar a favor del “Centro Social     San José”, de Zipaquirá, la escritura pública correspondiente, y hará entrega     del inmueble de propiedad de la Nación, con el fin y condiciones establecidos en     el artículo precedente.

Artículo 4. Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D.C., a 15 de septiembre de 1971.

    El Presidente del Senado,  

EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.  

El Presidente de la Cámara de     Representantes,  

GILBERTO SALAZAR RAMÍREZ.  

Amauty     Guerrero.  

El Secretario de la Cámara de Representantes,  

Eusebio Cabrales Pineda.

    República de Colombia.-Gobierno Nacional.

    Bogotá, D.C., 22 de septiembre de 1971.

    Publíquese y ejecútese,

    MISAEL PASTRANA BORRERO

    El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Rodrigo Llorente     Martínez.  

     

El Ministro de     Obras Públicas,    

Argelino Durán     Quintero.                    

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