LEY 67 DE 1930

Leyes 1930
image_pdfimage_print

LEY 67 DE 1930

(DICIEMBRE 9 DE 1930)

Sobre reformas al Código Civil

 

Modificada por el Decreto 2820 de 1974, publicada en el Diario Oficial No 34.327, de 2 de junio de 1975, ‘Por el cual se otorgan iguales derechos y obligaciones a las mujeres y a los varones, acordado con las modificaciones introducidas por el Decreto 772 de 1975′  

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

Artículo 1. Lo dispuesto en los artículos 303483484 y 1810 del Código Civil se aplicará también a la enajenación de los derechos hereditarios del menor bajo patria potestad, o guarda, y de la mujer casada, respectivamente.

*CONCORDANCIAS*

LEY 28 DE 1932, Art. 5°: modificó el artículo 181 del Código Civil dando plena capacidad a la mujer casada para comparecer libremente en juicio, y para la administración y disposición de sus bienes; así mismo mediante la expedición del Decreto ley 2820 de 1974, ‘se otorgan iguales derechos y obligaciones a las mujeres y a los varones’.    

Artículo 2. *Derogado por el Decreto 2820 de 1974*

Artículo derogado por el artículo 70 del Decreto 2820 de 1974, publicada en el Diario Oficial No 34.327, de 2 de junio de 1975.  

*Texto original de la Ley 95 de 1890*

Artículo 2. La mujer divorciada recobra su plena capacidad legal. Queda en estos términos aclarado el artículo 165 del Código Civil.  

Artículo 3. En los términos anteriores quedan adicionados los artículos 303483484 y 1810 del Código Civil.

 

 

Dada en Bogotá a tres de diciembre de mil novecientos treinta.

El Presidente del Senado,

ARTURO CARRERA.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

JOSE CAMACHO CARREÑO.

El Secretario del Senado,

FELIX NAVARRO.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

FERNANDO RESTREPO BRICEÑO.

Poder Ejecutivo – Bogotá, diciembre 9 de 1930.

Publíquese y ejecútese.

ENRIQUE OLAYA HERRERA.

El Ministro de Gobierno,

CARLOS E. RESTREPO.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *