LEY 2257 DE 2022

Leyes 2022
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LEY 2257 DE 2022
(julio 19)
D.O. 52.100, julio 19 de 2022
 
por medio del cual se modifican los artículos 3° y 5° de la Ley 1725 de 2014.

El Congreso de Colombia
 
DECRETA:
 
Artículo 1°. Modifíquese el artículo 3° de la Ley 1725 de 2014, el cual quedará así:
 
Artículo 3°. El valor correspondiente al recaudo por concepto de lo establecido en el artículo 1° de la presente ley, se destinará para inversión en adquisición, construcción, ampliación, mejoramiento, adecuación, modernización y dotación de infraestructura física, tecnológica y bibliográfica y los estudios y diseños requeridos para esta finalidad, proyectos y fortalecimiento de la investigación, Estrategias de fomento a la permanencia, equipamiento y dotación de la Institución, incentivos para cualificar el talento humano de estudiantes, docentes y administrativos de la Institución y, en general, de todos aquellos bienes y servicios que se requieran para el crecimiento de la planta física y funcionamiento cabal de la Institución.
 
Artículo 2°. Modifíquese el parágrafo del artículo 5° de la Ley 1725 de 2014, el cual quedará así:
 
Parágrafo. En ningún caso podrán gravarse con la estampilla los actos, contratos o negocios jurídicos suscritos entre particulares, así como los que representen derechos laborales. Adicionalmente un mismo contrato podrá gravarse máximo con tres estampillas indistintamente del nivel territorial del tributo. De resultar aplicables varias estampillas, se preferirá la estampilla Prodesarrollo Instituto Tecnológico del Putumayo (ITP).
 
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de su promulgación.
 
El Presidente del Honorable Senado de la República,
 
Juan Diego Gómez Jiménez.
 
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
 
Gregorio Eljach Pacheco.
 
La Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
 
Jennifer Kristin Arias Falla.
 
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
 
Jorge Humberto Mantilla Serrano.
 
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
 
Publíquese y cúmplase.
 
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2022.
 
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
 
El Ministro del Interior,
 
Daniel Andrés Palacios Martínez.
 
El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
 
Jesús Antonio Bejarano Rojas.
 
La Ministra de Cultura,
 
Angélica María Mayolo Obregón.
 
 

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