LEY 2122 DE 2021
(agosto 4)
D.O. 51.756, agosto 4 de 2021
por medio de la cual se amplía la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, con sede en Boyacá.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónese un artículo nuevo a la Ley 699 de 2001, el cual quedará así:
Artículo Nuevo. Autorícese la ampliación de la Emisión de la Estampilla Pro Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, con sede en Boyacá, creada mediante Ley 699 de 2001, hasta por la suma de doscientos mil millones de pesos ($200.000.000.000).
El monto total del recaudo se establece precios constantes de 1993.
Artículo 2°. Adiciónese un nuevo artículo a la Ley 699 de 2001, el cual quedará así:
Artículo nuevo. La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, en cabeza del rector, deberá incluir dentro del informe público de gestión anual un reporte sobre los montos, ejecución y las destinaciones específicas de los recursos provenientes de la Estampilla pro Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia correspondiente a cada vigencia.
Artículo 3°. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de· su publicación y hasta tanto se recaude el monto total aprobado en el artículo 1° de la Ley 699 de 2001, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
El Presidente del Honorable Senado de la República,
Arturo Char Chaljub.
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
Germán Alcides Blanco Álvarez.
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
Jorge Humberto Mantilla Serrano.
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Manuel Restrepo Abondano.
La Ministra de Educación Nacional,
María Victoria Angulo González.