LEY 1956 DE 2019

Leyes 2019
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LEY 1956 DE 2019

 

LEY 1956 DE 2019

Diario Oficial 50974, junio 4 de 2019

 

por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los cien (100) años de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

El Congreso de Colombia

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. La Nación se vincula a la conmemoración, exaltación y reconocimiento de los cien (100) años de la Fuerza Aérea Colombiana que se cumplen el 8 de noviembre de 2019, dados a los invaluables aportes otorgados a la República de Colombia.

 

Artículo 2°. Autorícese al Gobierno nacional para gestionar, adelantar y desarrollar todas las actividades inherentes, incluidas las apropiaciones presupuestales necesarias para exaltar, organizar y promover los cien (100) años de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Parágrafo. Autorícese al Gobierno Nacional para crear una beca de estudio para posgrado o pregrado dirigida al personal de la Fuerza Aérea que integra el grupo de Oficiales, Suboficiales, Infantes de Aviación y Personal Civil con el propósito de fomentar la excelencia académica al interior de la Institución.

 

Parágrafo 2°. El Gobierno nacional a través de la Agencia Nacional de Televisión destinará un espacio en horario prime por única vez en razón de la conmemoración de los 100 años de la Fuerza Aérea Colombiana, para que mediante una producción audiovisual muestre a los colombianos la evolución de la Fuerza Aérea y los logros obtenidos en estos 100 años.

 

Artículo 3°. Autorícese al Banco de la República acuñar una moneda metálica de curso legal conmemorativa de los cien (100) años de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Parágrafo. La aleación, monto de emisión, valor facial, condiciones, precio de venta y demás características de la moneda metálica conmemorativa de los cien (100) años de la Fuerza Aérea Colombiana serán determinados por el Banco de la República.

 

Parágrafo 2°. El Banco de la República incluirá una figura alusiva a la Fuerza Aérea Colombiana en una próxima emisión de moneda legal.

 

Artículo 4°. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

 

El Presidente del honorable Senado de la República,

 

Ernesto Macías Tovar.

 

EL Secretario General del honorable Senado de la República,

 

Gregorio Eljach Pacheco.

 

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

 

Alejandro Carlos Chacón Camargo.

 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

 

 Jorge Humberto Mantilla Serrano.

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2019.

 

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

 

Alberto Carrasquilla Barrera.

 

El Ministro de Defensa Nacional,

 

Guillermo Botero Nieto.

 

La Ministra de Educación Nacional,

 

María Victoria Angulo González.

 

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

 

Sylvia Cristina Constaín Rengifo.

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