LEY 1710 DE 2014
LEY 1710 DE 2014
(enero 20 de 2014)
por la cual se rinde honores a la Santa Madre Laura Montoya Upegui, como ilustre santa colombiana.
*Notas Jurisprudenciales*
Corte Constitucional |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-091-15, Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-960-14, Magistrado Ponente Dr. Mauricio González Cuervo, Bogotá, D.C., 10 de diciembre de 2014 |
Declarada EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-948-14, Magistrado Ponente Dra. María Victoria Calle Correa, Diciembre 4 de 2014. |
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Con motivo de su Santificación, la Nación rinde honores, exalta y enaltece la memoria, vida y obra de la Madre Laura Montoya Upegui, por toda una vida dedicada a la defensa y apoyo de los menos favorecidos en Colombia.
*Notas Jurisprudenciales*
Corte Constitucional |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-091-15, Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-960-14, Magistrado Ponente Dr. Mauricio González Cuervo, Bogotá, D.C., 10 de diciembre de 2014 |
Aparte subrayado declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-948-14, Magistrado Ponente Dra. María Victoria Calle Correa, Diciembre 4 de 2014. |
Artículo 2°. El Gobierno Nacional y el Congreso de la República de Colombia deberán rendir honores a la obra y memoria de la Santa Madre Laura Montoya, en acto especial y protocolario, cuya fecha y hora será programada por la Mesa Directiva del honorable Congreso de la República, con invitación al señor Presidente de la República, en el municipio de Jericó, departamento de Antioquia.
*Notas Jurisprudenciales*
Corte Constitucional |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-091-15, Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia c-960-14, Magistrado Ponente Dr. Mauricio González Cuervo, Bogotá, D.C., 10 de diciembre de 2014 |
Artículo declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-948-14, Magistrado Ponente Dra. María Victoria Calle Correa, Diciembre 4 de 2014. |
Artículo 3°. Autorícese al Gobierno Nacional para que la Santa Madre Laura Montoya sea consagrada como la patrona del magisterio de Colombia.
Corte Constitucional |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-091-15, Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia c-960-14, Magistrado Ponente Dr. Mauricio González Cuervo, Bogotá, D.C., 10 de diciembre de 2014 |
Artículo declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-948-14, Magistrado Ponente Dra. María Victoria Calle Correa, Diciembre 4 de 2014. |
Artículo 4°. En el convento Madre Laura del municipio de Medellín, donde reposan los despojos mortales de la Madre Laura, la Nación exaltará y honrará su memora en forma permanente mediante la construcción de un mausoleo para la peregrinación de los fieles, cuya construcción el Ministerio de Cultura dispondrá de los recursos necesarios para la realización de esta obra.
*Notas Jurisprudenciales*
Corte Constitucional |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-091-15, Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia c-960-14, Magistrado Ponente Dr. Mauricio González Cuervo, Bogotá, D.C., 10 de diciembre de 2014 |
Aparte subrayado declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-948-14, Magistrado Ponente Dra. María Victoria Calle Correa, Diciembre 4 de 2014. |
Artículo 5°. Emítase por única vez por parte del Banco de la República una moneda en honor a la Madre Laura.
Artículo 6°. Constrúyase una escultura en su honor para ser ubicada en el municipio de Dabeiba, Antioquia, como la cuna moderna de la evangelización para los indígenas de América y el mundo católico.
*Notas Jurisprudenciales*
Corte Constitucional |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia C-091-15, Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. |
La Corte Constitucional declaró ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2014, mediante Sentencia c-960-14, Magistrado Ponente Dr. Mauricio González Cuervo, Bogotá, D.C., 10 de diciembre de 2014 |
Aparte subrayado declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-948-14, Magistrado Ponente Dra. María Victoria Calle Correa, Diciembre 4 de 2014. |
Artículo 7°. Dado el gran impacto turístico y religioso que para el municipio de Jericó y sus municipios vecinos representa esta efemérides, autorícese al Gobierno Nacional para que destinen las partidas presupuestales necesarias para la pavimentación de la vía Pueblo Rico-Jericó, en el departamento de Antioquia.
Artículo 8°. Se declara al municipio de Jericó como de Alto Potencial para el Desarrollo Turístico, especial en los productos religiosos y culturales (museos y centros históricos), para lo cual el Gobierno promoverá las inversiones en infraestructuras turísticas necesarias para alcanzar el objeto planeado en este artículo.
Parágrafo. En los seis (6) meses siguientes a la sanción y promulgación de esta ley, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, presentará un plan de desarrollo del turismo para el municipio de Jericó y su área vecina.
Artículo 9°. La presente ley rige a partir de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República
Juan Fernando Cristo Bustos
El Secretario General del honorable Senado de la República
Gregorio Eljach Pacheco
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
Hernán Penagos Giraldo
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
Jorge Humberto Mantilla Serrano
REPÚBLICA DE COLOMBIA GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de enero de 2014
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Mauricio Cárdenas Santamaría
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
Santiago Rojas Arroyo
La Ministra de Educación Nacional
María Fernanda Campo Saavedra
La Ministra de Cultura
Mariana Garcés Córdoba