LEY 501 DE 1999

Leyes 1999
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LEY 501 DE 1999

 

LEY 501 DE 1999

(mayo 25)

Diario Oficial No 43.588, de 27 de mayo de 1999

EL CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los ciento treinta y nueve (139) años de vida administrativa del municipio de Baranoa, departamento del Atlántico, rinde tributo de admiración a sus habitantes.

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la celebración de los ciento treinta y nueve años (139) de vida administrativa del municipio de Baranoa, departamento del Atlántico y exalta su empuje y tesón por lograr un real desarrollo económico y social.

 

ARTÍCULO 2o. Ríndase homenaje y tributo de admiración a las gentes del municipio de Baranoa, departamento del Atlántico, como reconocimiento a su valioso aporte al progreso e integración de la comunidad atlanticense.

 

ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

 

FABIO VALENCIA COSSIO.

El Presidente del honorable Senado de la República,

 

MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

 

EMILIO MARTÍNEZ ROSALES.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

 

GUSTAVO BUSTAMANTE MORATTO.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

 

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL.

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 1999.

 

ANDRÉS PASTRANA ARANGO

 

NÉSTOR HUMBERTO MARTÍNEZ NEIRA.

El Ministro del Interior,

 
 

 

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