LEY 474 DE 1998

Leyes 1998
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LEY 474 DE 1998

 

LEY 474 DE 1998

(agosto 6)

Diario Oficial No 43.360, de 11 de agosto de 1998

EL CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual se celebran los cincuenta años de la Universidad Industrial de Santander.

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la celebración de los cincuenta años de vida jurídica de la Universidad Industrial de Santander creada mediante Ordenanzas números 41 de 1940 y 83 de 1944 expedida por la honorable Asamblea del departamento de Santander.

 

ARTÍCULO 2o. Para que esta fecha no pase desapercibida y dando cumplimiento a los artículos 334, 341 inciso final 345 y 346 de la Constitución Nacional, aprópiese dentro del Presupuesto Nacional, la suma de cincuenta mil millones de pesos ($50.000.000.000) M/cte., para ejecutar los programas y proyectos que a continuación se describen:

 

1. Programa de Desarrollo Académico.

 

1.1. Subprograma Reforma Académica.

 

1.1.1. Proyecto modernización de los recursos de información, tres mil millo- nes de pesos ($3.000.000.000) M/cte.

 

1.1.2. Proyecto modernización y creación de laboratorios, diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) M/cte.

 

1.1.3. Proyecto desarrollo de nuevas tecnologías para la educación, tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) M/cte.

 

1.2. Subprograma fortalecimiento de la investigación.

 

1.2.1. Proyecto consolidación del polo de investigaciones en Guatiguará, dos mil millones de pesos (2.000.000.000) M/cte.

 

1.2.2. Proyecto formación de investigadores, dos mil millones de pesos ($2.000.000.000) M/cte.

 

1.3. Subprograma nuevos programas académicos.

 

1.3.1. Proyecto creación de programas académicos en ciencias agropecuarias y sociales, mil ochocientos millones de pesos ($1.800.000.000) M/cte.

 

1.3.2. Proyecto creación de doctorados, mil ochocientos millones de pesos ($1.800.000.000) M/cte.

 

2. Programa modernización institucional.

 

2.1. Subprograma diseño e implementación de sistemas informáticos.

 

2.1.1. Proyecto red institucional de la infraestructura informática, mil quinien- tos millones de pesos ($1.500.000.000) M/cte.

 

2.1.2. Proyecto adquisición e instalación de equipos, tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) M/cte.

 

2.1.3. Proyecto sistemas de información, setecientos millones de pesos ($700.000.000) M/cte.

 

2.2. Subprograma mejoramiento de la estructura física.

 

2.2.1. Proyecto de infraestructura física (construcción y dotación) catorce mil millones de pesos ($14.000.000.000) M/cte.

 

2.2.2. Proyecto sistema de seguridad integral, mil millones de pesos ($1.000.000.000) M/cte.

 

2.3. Subprograma regionalización.

 

2.3.1. Proyecto fortalecimiento de las sedes regionales, cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000) M/cte.

 

2.3.2. Proyecto infraestructura en transporte y comunicaciones, mil doscientos millones de pesos ($1.200.000.000) M/cte.

 
ARTÍCULO 3o. Adjudíquese a la Universidad Industrial de Santander por el Ministerio de Comunicaciones, una frecuencia de radio en FM (Frecuencia Modulada) para emitir con potencia hasta 10 KV, desde la ciudad de Bucaramanga. PARÁGRAFO. Ordénese al Ministerio de Comunicaciones, actualizar el Plan Nacional de Radio Difusión Sonora para estos efectos y darle cumplimiento a lo aquí ordenado.
 
ARTÍCULO 4o. El Gobierno Nacional deberá realizar los trámites necesarios para efectuar las apropiaciones y traslados presupuestales requeridos para el cumplimiento de la presente ley.
 
ARTÍCULO 5o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
 

AMYLKAR ACOSTA MEDINA.

El Presidente del honorable Senado de la República,

 

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

 

CARLOS ARDILA BALLESTEROS.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

 

DIEGO VIVAS TAFUR.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

 

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 
 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 1998.

 
 

ERNESTO SAMPER PIZANO

 

ANTONIO JOSÉ URDINOLA URIBE.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

 

JAIME NIÑO DÍEZ.

El Ministro de Educación Nacional,

 

JOSÉ FERNANDO BAUTISTA QUINTERO.

El Ministro de Comunicaciones,

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