LEY 420 DE 1998
LEY 420 DE 1998
(enero 5)
Diario Oficial No. 43.209, de 7 enero de 1998
Por la cual se adicionan unos artículos de los Decretos-leyes 1211, 1212, 1213 de 1990 y del Decreto 1091 de 1995.
EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:
*Nota Jurisprudencial*
Aparte subrayado se declarado exequible por los cargos analizados por la corte constitucional mediante sentencia C-789/11 según comunicado de prensa de la Sala Plena Comunicado No. 42 Octubre 20 de 2011 Magistrado Ponente Jorge Iván Palacio Palacio. |
El Presidente del honorable Senado de la República,
AMYLKAR ACOSTA MEDINA.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CARLOS ARDILA BALLESTEROS.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR.
REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de enero de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JOSE URDINOLA URIBE.
El Ministro de Defensa Nacional,
GILBERTO ECHEVERRI MEJIA.