LEY 369 DE 1997
LEY 369 DE 1997
(mayo 13)
Diario Oficial No. 43042, de 16 de mayo de 1997
Por la cual se honra la memoria del soldado Cándido Leguízamo héroe de la batalla de El Encanto.
EL CONGRESO DE COLOMBIA ,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Exáltase la memoria del soldado Cándido Leguízamo, héroe del conflicto con el Perú, fallecido el 12 de abril de 1933, cuya valerosa acción al asumir el mando de las tropas de su unidad tras la muerte de su comandante, y llevarlos a la victoria en la Batalla de El Encanto luego de haber sido mortalmente herido, constituye un ejemplo de valor digno de divulgar.
El Presidente honorable Senado de la República,
LUIS FERNANDO LONDOÑO CAPURRO.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
GIOVANNI LAMBOGLIA MAZZILLI.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Publíquese y ejecútese,
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Defensa Nacional,
GILBERTO ECHERRY MEJÍA.