LEY 1559 DE 2012

Leyes 2012
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LEY 1559 DE 2012

 

 

LEY 1559 DE 2012

(julio 10 de 2012)


por medio de la cual se define la base gravable para efecto del Impuesto de Industria y Comercio para productos gravados con el impuesto al consumo.

 

 

El Congreso de Colombia

 


DECRETA:

 


Artículo 1°. La base gravable para los efectos del Impuesto de Industria y Comercio de los distribuidores de productos gravados con el impuesto al consumo, serán los ingresos brutos, entendiendo por estos el valor de los ingresos por venta de los productos, además de los otros ingresos gravables que perciban, de acuerdo con las normas vigentes, sin incluir el valor de los impuestos al consumo que les sean facturados directamente por los productores o por los importadores correspondientes a la facturación del distribuidor en el mismo período.

Artículo 2°. La presente ley rige a partir de su promulgación.

 


El Presidente del honorable Senado de la República
Juan Manuel Corzo Román


El Secretario General del honorable Senado de la República
Emilio Ramón Otero Dajud


El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
Simón Gaviria Muñoz


El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo


REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL


Publíquese y cúmplase
Dada en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2012


JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN


El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
Germán Arce Zapata

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