LEY 154 DE 1994

Leyes 1994
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LEY 154 DE 1994

 

LEY 154 DE 1994

(julio 15)

Diario Oficial No. 41.450., Julio 19 de 1994

por medio de la cual se rinden honores a la memoria del doctor Esteban Bendeck Olivella.

EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA: ARTÍCULO 1o. La República de Colombia honra y exalta la memoria del doctor Esteban Bendeck Olivella, distinguido jurista, Profesor Emérito y forjador de juventudes, quien en su vida sirvió al país desde los diferentes cargos que ocupó como el de representante a la Cámara por el Departamento de la Guajira, Conjuez de la Corte Suprema de Justicia y Catedrático Universitario a través de muchos años.

 
ARTÍCULO 2o. Créase la beca "Esteban Bendeck Olivella" que se otorgará cada año, iniciando en 1995, a un profesional del Derecho, mediante concurso que para tal efecto realizará el Ministerio de Educación Nacional, con el fin de que adelante estudios de Postgrado en Derecho Público.
 
ARTÍCULO 3o. La beca cubrirá los costos de estudio y una mesada suficiente para el sostenimiento del galardonado durante los períodos académicos.
 
ARTÍCULO 4o. El Gobierno Nacional apropiará las partidas presupuestales correspondientes que se hagan necesarias para el cumplimiento de esta Ley, por solicitud del Ministerio de Educación Nacional.
 
ARTÍCULO 5o. Esta Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
 

El Presidente del honorable Senado de la República,

JORGE RAMÓN ELÍAS NADER.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de julio de 1994.

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público,

encargado de las funciones del despacho

del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

HÉCTOR JOSÉ CADENA CLAVIJO.

La Ministra de Educación Nacional,

MARUJA PACHÓN DE VILLAMIZAR.

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