LEY 1467 DE 2011
LEY 1467 DE 2011
(junio 30 de 2011)
por medio de la cual la Nación se vincula a la celebración de los cincuenta años de la Institución Educativa y Diversificada Oriental de Santo Tomás, en el municipio de Santo Tomás, departamento del Atlántico, se autorizan apropiaciones presupuestales y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. La Nación se vincula a la celebración de los cincuenta años de fundación de la Institución Educativa Diversificada Oriental de Santo Tomás, en el municipio de Santo Tomás en el departamento del Atlántico.
Artículo 2°. Autorízase al Gobierno Nacional para que en cumplimiento y de conformidad con los artículos 228, 334, 341 y 345 de laConstitución Política y de las competencias establecidas en laLey 715 de 2001 y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestales a mediano plazo, incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones necesarias para financiar los siguientes proyectos de la Institución Educativa Diversificada Oriental de Santo Tomás, en el municipio de Santo Tomás en el departamento del Atlántico:
a) Construcción de la Biblioteca central;
b) Dotación de Biblioteca con computadores e Internet;
c) Construcción del museo histórico, científico y cultural;
d) Adecuación y dotación del Auditorio Juan de Jesús Serna;
e) Mantenimiento y adecuación de las canchas deportivas;
f) Mantenimiento y adecuación del salón de audiovisuales;
g) Dotación y mantenimiento de la banda sinfónica estudiantil;
h) Mantenimiento y dotación de las siete sedes.
Artículo 3°. Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a la presente ley, lo anterior previa inscripción de los Proyectos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Departamento Nacional de Planeación y el cumplimiento de las demás disposiciones legales para acceder a recursos del presupuesto nacional.
Artículo 4°. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Armando Benedetti Villaneda.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Carlos Alberto Zuluaga Díaz.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de junio de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Ministra de Educación Nacional,
María Fernanda Campo Saavedra.