LEY 1299 DE 2009
LEY 1299 DE 2009
(MAYO 15 DE 2009)
Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los doscientos noventa años de fundación del Municipio de "VENADILLO" Tolima, se honra la memoria de su fundador Manuel Antonio Maldonado Martínez, y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°. La Nación se asocia a la celebración de los 295 años de fundación del municipio de Venadillo, los cuales se cumplirán el 11 de Enero de 2008.
ARTÍCULO 2°. Autorizase al Gobierno Nacional para que incluya dentro del Presupuesto General de la Nación, las partidas presupuestales, para concurrir a la finalidad de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el Municipio de Venadillo, en el departamento del Tolima:
Ampliación, Canalización y Construcción de muros de protección en la margen derecha, sobre la zona urbana, de la quebrada Galopo del Municipio de Venadillo, de una estatua en bronce del ilustre hombre, don Manuel Antonio Maldonado Martínez.
ARTÍCULO 3°. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Hernán Francisco Andrade Serrano.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Germán Varón Cotrino.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 15 Mayo 2009
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR
Ministro de Hacienda y Crédito Público
PAULA MARCELA MORENO ZAPATA
Ministra de Cultura