LEY 1290 DE 2009

Leyes 2009
image_pdfimage_print

LEY 1290 DE 2009

 

 

 

LEY 1290 DE 2009

 

(marzo 6 de 2009)

 

por medio de la cual la nación se asocia a la celebración de los 304 años de la fundación del municipio de Valle de San Juan en el departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones.

 

El Congreso de Colombia

 

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. La Nación colombiana se asocia a la celebración de los 304 años de la fundación del municipio del Valle de San Juan, en el departamento del Tolima, y rinde homenaje a sus primeros pobladores y a quienes les han dado lustre y brillo en sus años de existencia.

 

 

 

Artículo 2°. Autorícese al Gobierno Nacional para que en cumplimiento y de conformidad con los artículos 334,341,288 y345 de la Constitución Política y de las competencias establecidas en laLey 715 de 2005, incluya en el Presupuesto General de la Nación las partidas presupuestales para incurrir en la finalidad de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social para el municipio del Valle de San Juan, en el departamento del Tolima:

 

a) Construcción del Centro de Acopio Municipal

 

b) Pavimentación de la vía Valle de San Juan – La Manga

 

c) Construcción de Baterías Sanitarias rurales

 

d) Reforma Agraria en convenio con el respectivo municipio

 

e) Recuperación del Real de Minas de Nuestra Señora del Rosario, en el Cerro del Sapo – Vereda Tierras Blancas.

 

 

 

Artículo 3°. Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno Nacional en virtud de esta ley, se incorporarán en los Presupuestos Generales de la Nación, de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal, en primer lugar, reasignando los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento del presupuesto y en segundo lugar, de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada vigencia fiscal.

 

 

 

Artículo 4°. Vigencia. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

 

El Presidente del honorable Senado de la República, 

Hernán Andrade Serrano.

 

El Secretario General del honorable Senado de la República, 

Emilio Ramón Otero Dajud.

 

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes 

Germán Varón Cotrino.

 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes 

Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.

 

 

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 

Publíquese y cúmplase. 

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 2009

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

El Ministro del Interior y de Justicia 

Fabio Valencia Cossio.

 

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

Juan Pablo Zárate Perdomo.

 

 

 

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *