Ley 1238 de 2008
Ley 1238 de 2008
(24 de Julio de 2008)
Por medio de la cual se ordena la disposición gratuita de los certificados de antecedentes disciplinarios y judiciales para efectos legales
EL CONGRESO DE COLOMBIA:
DECRETA:
ARTICULO 1. La Procuraduría General de la Nación garantizará de manera gratuita la disponibilidad permanente de la información electrónica sobre certificación de antecedentes disciplinarios para ser consultados por el interesado o por terceros a través de la pagina WEB de la entidad y los mismos gozarán de plena validez y legitimidad.
ARTICULO 2. Adiciónese el parágrafo 2 del Articulo 4 de la Ley 961 de 2005, "Por la cual se regulan las tasas por la prestación de los servicios del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y se dictan otras disposiciones", el cual quedará así:
PARÁGRAFO 2.- En atención a los principios establecidos en el artículo 2, el DAS garantizará la eficiente prestación de los servicios de que trata la presente ley, y las tarifas de las tasas deberán reducirse proporcionalmente al ahorro que la tecnología de punta le signifique, una vez esta sea implementada. Para tal efecto, el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, propenderá por la reducción de los costos en la expedición del certificado sobre antecedentes judiciales y la consecuente reducción progresiva de las tasas a que se refiere la presente ley, durante las vigencias fiscales 2009 y 2010. Al término de este período, y a partir del 1 de enero de 2011, el Gobierno Nacional prestará este servicio de manera gratuita a través de la página Web.
Parágrafo 3.- La tasa del DAS quedará acorde con el artículo 4 numeral 2 de la Ley 961 de 2005 y todos los recursos irán directamente a la prestación del servicio de modernización, mantenimiento, sostenimiento y operación para la. prestación exclusiva del servicio de certificados de antecedentes judiciales del DAS.
Artículo 3.- La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
LA PRESIDENTA DEL H. SENADO DE LA REPUBLICA
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda
EL SECRETARIO GENERAL DEL H. SENADO DE LA REPUBLICA
Emilio Ramón Dajud
EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES
Oscar Arboleda Palacio
EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C, a los 24 de Julio de 2008
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO
Oscar Iván Zuluaga Escobar