LEY 103 DE 1993

Leyes 1993
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LEY 103 DE 1993

 

LEY 103 DE 1993

(diciembre 29)

Diario Oficial No. 41.155, de 29 de diciembre de 1993.

Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 30 años de vida jurídica del Departamento del Guainía y se autorizan unas inversiones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA

ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la celebración de los 30 años de vida jurídica del Departamento del Guainía que tuvo lugar mediante la Ley 18 de julio 13 de 1.963, siendo Presidente de la República el Doctor Guillermo León Valencia.

 
ARTÍCULO 2o. Para celebrar dignamente los 30 años de vida jurídica del Departamento del Guainía, la Nación se asocia con apoyo financiero para la ejecución de las siguientes obras:
 

a. Construcción y dotación de un Instituto Técnico Industrial con internado, en el Municipio de Puerto Inírida.

 

b. La pavimentación de la vía que del aeropuerto conduce al centro de la ciudad de Inírida.

 

c. La construcción de las plantas de tratamiento de aguas residuales y potables y la ampliación de los servicios acueducto y alcantarillado a los diferentes barrios del municipio de Inírida.

 

d. La ampliación y pavimentación de los aeropuertos de San Felipe, Barrancominas y Mapiripana.

 
PARÁGRAFO. El Gobierno incluirá estos proyectos en el Presupuesto General de la Nación y dichos recursos de inversión se canalizarán a través del departamento.
 
ARTÍCULO 3o. El Gobierno Nacional y específicamente el Ministro de Hacienda, queda facultado para realizar las correspondientes operaciones presupuestales con miras a la cumplida ejecución de lo dispuesto en la presente Ley.
 
ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
 

El Presidente del Honorable Senado de la República,

JORGE RAMÓN ELÍAS NADER.

 

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

 

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR.

 

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

 

República de Colombia – Gobierno Nacional

Publíquese y ejecútese

Dada en Cartagena de Indias, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993)

 

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ.

 

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

JORGE BENDECK OLIVELLA

  

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