LEY 1007 DE 2006
LEY 1007 DE 2006
(enero 23)
Diario Oficial No. 46.160, de 23 de enero de 2006
CONGRESO DE COLOMBIA
Por medio de la cual la República de Colombia rinde homenaje a los Festivales de Música Folclórica del departamento de Santander y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Declárese Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación los siguientes Festivales del departamento de Santander: Festival de Bandas y Festival de Acordeones del Río Grande de la Magdalena (Barrancabermeja); Festival del Torbellino y el Requinto (Puente Nacional); Festival Guane de Oro (San Gil); Concierto “Nace una Estrella”, en homenaje al natalicio del Maestro José A. Morales (Socorro); Festival de la Guabina y el Tiple (de Vélez).
ARTÍCULO 2o. Autorícese a la Nación a través del Ministerio de la Cultura y demás entidades del sector, contribuir al fomento, promoción, protección, divulgación y desarrollo de los valores culturales que se originen alrededor de la cultura y del folclor colombiano.
ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
La Presidenta del honorable Senado de la República,
CLAUDIA BLUM DE BARBERI.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
ANGELINO LIZCANO RIVERA.
REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Cultura,
MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.