LEY 1003 DE 2005

Leyes 2005
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LEY 1003 DE 2005

 

 LEY 1003 DE 2005

(diciembre 30)

Diario Oficial No. 46.137 de 30 de diciembre de 2005

 

CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual se interpreta el inciso 5o del artículo 24 de la Ley 715 de 2001 y se dictan otras disposiciones.

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Interpretación legal del inciso 5o del artículo 24 de la Ley 715 de 2001. Los departamentos, distritos y municipios podrán destinar para ascensos en el Escalafón, a los Docentes o Directivos Docentes hasta la mitad del incremento real adicional a que se refiere el Acto Legislativo número 01 de 2001, de los recursos del sector educativo del Sistema General de Participaciones. Tal destinación se efectuará previo Certificado de Disponibilidad Presupuestal. Cualquier ascenso que supere este límite deberá ser financiado con Ingresos corrientes de libre disposición de la respectiva entidad territorial, previo certificado de disponibilidad.

La presente ley se entiende incorporada a la Ley 715 de 2001 y consecuencialmente sus preceptos obligan desde las vigencias de la ley que se interpreta, pero no afectarán los efectos de las Sentencias Ejecutoriadas que se hubieran producido desde la vigencia de la Ley 715 de 2001 hasta la fecha de publicación de la presente ley, según lo establecido en el artículo 14 del Código Civil.

 

ARTÍCULO 2o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 
 

La Presidenta del honorable Senado de la República,

CLAUDIA BLUM DE BARBERI.

 

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

 

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD.

 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

 

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 

Publíquese y ejecútese.

Dada en Bogotá, D. C, a 30 de diciembre de 2005.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

La Viceministro de Educación Básica y Media, Encargada de las funciones del despacho de la Ministra de Educación Nacional,

JUANA INÉS DÍAZ TAFUR.

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