LEY 0862 DE 2003

Leyes 2003
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LEY 862 DE 2003

 

 LEY 862 DE 2003

(diciembre 26)

 

Diario Oficial No. 45.416, de 30 de diciembre de 2003

 

PODER P?LICO RAMA LEGISLATIVA

 

Por medio de la cual se declaran patrimonio cultural e hist?ico los edificios antiguos de los Colegios Biffi La Salle y San Jos? situados en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, los Colegios Biffi y La Salle situados en el Distrito Tur?tico y Cultural de Cartagena de Indias, se reconocen como monumentos nacionales y se dictan otras disposiciones.

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

 

DECRETA:

 
 
ART?ULO 1o. El Estado colombiano reconoce y exalta la labor educativa, cultural y formativa que, por varias d?adas han desarrollado en pro de la juventud, la sociedad de los Hermanos Cristianos y la Compa?a de Jes?, a trav? de los Colegios Biffi La Salle y San Jos? de la ciudad de Barranquilla, y los Colegios Biffi y La Salle de la ciudad de Cartagena.
 
ART?ULO 2o. De an?oga forma, reconoce que sus edificaciones antiguas, situadas en el sector c?trico de la ciudad, tanto por su valor arquitect?ico como por el hist?ico y urban?tico, ameritan ser declaradas patrimonio cultural e hist?ico de la Naci?.
 
ART?ULO 3o. Fac?tese al Gobierno Nacional para que, a trav? de los Ministerios que tengan las funciones de Educaci?, Cultura y Obras P?licas, destinen las partidas necesarias para la restauraci?, adecuaci?, remodelaci?, conservaci? y ornato de las edificaciones referidas en el art?ulo 2o de la Presente ley.
 
ART?ULO 4o. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgaci?.
 
 

El Presidente del honorable Senado de la Rep?lica,

GERM? VARGAS LLERAS.

El Secretario General del honorable Senado de la Rep?lica,

EMILIO RAM? OTERO DAJUD

El Presidente de la honorable C?ara de Representantes,

ALONSO ACOSTA OSIO.

El Secretario General de la honorable C?ara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 

PUBL?UESE Y C?PLASE.

Dada en Bogot? D. C., a 20 de noviembre de 2003.

?VARO URIBE V?EZ

El Ministro de Hacienda y Cr?ito P?lico,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

La Ministra de Cultura,

MAR? CONSUELO ARA?O CASTRO.

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