LEY 832 DE 2003
LEY 832 DE 2003
(julio 10)
Diario Oficial No. 45.248, de 14 de julio de 2003
PODER PÚBLICO – RAMA LEGISLATIVA
Por la cual la Nación se asocia a los 150 años de fundación del municipio de Girardot, departamento de Cundinamarca.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. La Nación se vincula a la conmemoración de los ciento cincuenta (150) años de Fundación del municipio de Girardot, departamento de Cundinamarca, que se cumplen el 9 de octubre de 2002.
ARTÍCULO 2o. Por este medio, exalta el empuje y tesón de sus gentes por lograr el desarrollo econ6mico <sic> y social de la ciudad y reconocimiento a su valioso aporte al progreso e integración de la comunidad cundinamorquesa.
ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
LUÍS ALFREDO RAMOS BOTERO.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
WILLIAM VÉLEZ MESA.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
ANGELINO LIZCANO RIVERA.
REPUBLICA DE COLOMBIA -GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Cultura,
MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.