LEY 0692 DE 2001

Leyes 2001
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LEY 692 DE 2001

 

LEY 692 DE 2001

(septiembre 19)

Diario Oficial No. 44.564, 27 de septiembre de 2001

por medio de la cual la Nación se asocia a unas efemérides.

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1o. Autorízase al Gobierno Nacional para que se asocie a la celebración de unas efemérides, con motivo de cumplirse 200 años del nacimiento de Sebastián Romero (más conocido como el "Chano Romero"), acaecido en Sincé, departamento de Sucre, en 1801, figura arquetípica de las Sabanas del Caribe, paradigma y símbolo del hombre pujante, íntegro, trabajador, quien además, institucionalizó las fiestas de corralejas en Sincelejo y en el resto de la región.

 

ARTÍCULO 2o. Para que esta celebración se lleve a cabo, se autoriza a la Nación, al departamento de Sucre y a los municipios de Sincelejo y Sincé, bajo los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad, de que trata el artículo288 de la Constitución Política, y mediante el sistema de cofinanciación, a participar en la financiación y ejecución de los proyectos de inversión que se describen a continuación:

– Creación del Instituto Juvenil de Formación Artística y Empresarial de Sucre, con sede en Sincé.

– Creación del Museo de la Geoetnia Sabanera con sede en Sincelejo.

– Organización de un evento cultural, conmemorativo de tales efemérides, el 20 de enero de cada año y el cual comprenderá aspectos y elementos que caracterizan la cultura sabanera, tales como el Costeñol, el Porro y aquellas actividades que van desde la Estancia, sistema en que derivó la agricultura alimentaría Cenú, reemplazada luego por la Encomienda, hasta llegar al modelo económico de la ganadería extensiva.

 

ARTÍCULO 3o. Autorízase al Gobierno Nacional para que realice un estudio con el fin de dimensionar las Sabanas como patrimonio cultural y ecológico, con miras a preservar la Ecorregión, fuente de energía social y cultural, y propiciar entre sus habitantes la conservación de la armonía regional.

 

ARTÍCULO 4o. Esta ley rige desde la fecha de su promulgación.

 

El Presidente del honorable Senado de la República,

CARLOS GARCÍA ORJUELA.

 

El Secretario General del honorable Senado de la República,

MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.

 

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

GUILLERMO GAVIRIA ZAPATA.

 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

 

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de septiembre de 2001.

 

ANDRÉS PASTRANA ARANGO

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.

 

El Ministro del Medio Ambiente,

JUAN MAYR MALDONADO.

 

La Ministra de Cultura,

ARACELI MORALES LÓPEZ.

 
 
 

 

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