DECRETO 111 DE 2023
(enero 26)
D.O. 52.289, enero 26 de 2023
por el cual se acepta la renuncia del Notario Octavo del Círculo Notarial de Bucaramanga.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 144 numeral 1 del Decreto ley 960 de 1970, 5° del Decreto ley 2163 de 1970, en concordancia con el numeral 2 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Manuel Salvador Vega Niño, identificado con la cédula de ciudadanía número 91203505 de Bucaramanga, Notario Octavo (8°) en propiedad del Círculo Notarial de Bucaramanga, Santander, nombrado por el Gobierno Nacional mediante Decreto número 1678 de 20 de mayo de 2008, en propiedad, presentó renuncia al cargo a través de escrito del 6 de octubre de 2022.
Que teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 144 del Decreto ley 960 de 1970, el cargo de notario se pierde por aceptación de la renuncia.
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 26 de mayo de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, establece como “falta absoluta del notario” la renuncia aceptada.
Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de 1970 dispone que, “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas· quien deba remplazarlo”.
Que, de conformidad con la norma anterior, el señor Manuel Salvador Vega Niño no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.
Que mediante el Decreto número 1730 del 28 de agosto de 2022, se designó como Ministro de Justicia y del Derecho ad hoc, al Ministro del Interior, doctor Hernando Alfonso Prada Gil, para desarrollar las funciones relacionadas con el servicio público notarial.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Manuel Salvador Vega Niño, identificado con la cédula de ciudadanía número 91203505 de Bucaramanga, al cargo de Notario Octavo (8) en propiedad del Círculo Notarial de Bucaramanga, Santander, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este decreto.
Parágrafo. El señor Manuel Salvador Vega Niño no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a través del Ministerio del Interior.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de enero de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Justicia y del Derecho ad hoc,
Hernando Alfonso Prada Gil.