DECRETO 38 DE 2023
(enero 13)
D.O. 52.276, enero 13 de 2023
por el cual se hace un nombramiento y se concede una comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción en la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 6°, 51 y 62 del Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 19 de diciembre de 2022, el Gobierno de Canadá otorgó beneplácito para la designación del señor Carlos Arturo Morales López, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia en ese país.
Que el literal b) del artículo 39 del Decreto ley 274 de 2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a cada lapso de alternación, la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento del funcionario en legal forma.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Nombramiento. Nómbrese en la planta externa al señor Carlos Arturo Morales López, identificado con cédula de ciudadanía número 10099332, al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código 0036, grado· 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante.el Gobierno de Canadá.
Parágrafo. El señor Carlos Arturo Morales López es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.
Artículo 2°. Comisión. Comisiónese al señor Carlos Arturo Morales López, identificado con cédula de ciudadanía número 10099332, para desempeñar el cargo de libre nombramiento y remoción, conforme al artículo 1º del presente decreto.
Artículo 3°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de enero de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Secretario General, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,
José Antonio Salazar Ramírez.