DECRETO 1676 DE 2021
(diciembre 9)
D.O. 51.883, diciembre 9 de 2021
por el cual se hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 831 del 15 de mayo de 2019 fue trasladado a la planta interna el señor Hans de Francesco Maldonado, al cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, código 2114, grado 15, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, del cual tomó posesión el 6 de agosto de 2019.
Que mediante Resolución 1334 del 26 de marzo de 2021, fue ascendido el señor Hans de Francesco Maldonado a la categoría de Primer Secretario dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular.
Que mediante Resolución 1705 del 26 de abril de 2021, fue ascendido el señor Hans de Francesco Maldonado al cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, del cual tomó posesión el 11 de mayo de 2021.
Que el literal c) del artículo 37 del Decreto Ley 274 de 2000 señala que la frecuencia de los lapsos de alternación se contabilizará desde la fecha en que el funcionario se posesione o asuma funciones en el exterior; o se posesione del cargo en planta interna, según el caso. Igualmente, en el caso del lapso de alternación previsto en el literal b) ibidem, también constituirán excepciones aquellas circunstancias de especial naturaleza calificadas como tales por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que el literal b) del artículo 53 del Decreto Ley 274 de 2000 indica que los funcionarios pertenecientes a la Carrera Diplomática y Consular podrán ser autorizados o designados para desempeñar Comisión para Situaciones Especiales, para desempeñar en el exterior el cargo dentro de la categoría del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular a la cual perteneciere, sin cumplir la frecuencia del lapso de alternación dentro del Territorio de la República de Colombia a la que se refiere el art. 37, literal b), de la misma norma, previo concepto favorable de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que mediante Acta 866 del 16 de noviembre de 2021, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto Ley 274 de 2000, recomienda interrumpir el lapso de alternación en planta interna del Primer Secretario Hans de Francesco Maldonado.
Que en consideración de lo anteriormente expuesto, los miembros de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular votaron favorablemente con relación a conceder comisión para situaciones especiales del Primer Secretario Hans de Francesco Maldonado, para ser designado en la planta externa y cubrir las necesidades del servicio.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Comisión. Comisiónase a la planta externa al señor Hans de Francesco Maldonado, identificado con cédula de ciudadanía número 80033437, al cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Singapur.
Parágrafo 1º. El señor Hans de Francesco Maldonado es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Primer Secretario.
Parágrafo 2º. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus Covid-19.
Artículo 2º. Funciones Consulares. El señor Hans de Francesco Maldonado, ejercerá las funciones de Encargado de Funciones Consulares en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Singapur.
Artículo 3º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Martha Lucía Ramírez Blanco.