DECRETO 475 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 475 DE 2021     

(mayo 12)    

D.O. 51.672, mayo 12 de 2021    

por el cual se designa en  interinidad a un Notario en el Círculo Notarial de Bello – Antioquia.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las que le confiere el artículo 5° del Decreto ley 2163  de 1970 en concordancia con las disposiciones del artículo 2° de la Ley 588 de 2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con las  disposiciones del artículo 131 de la Constitución Política el  Gobierno nacional mediante Decreto  239 del 4 de marzo de 2021, se creó la Notaría Tercera (3) del Círculo de  Bello -Antioquia.    

Que según lo dispuesto en el  artículo 5° del Decreto ley 2163  de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno  nacional.    

Que la lista definitiva de  elegibles aprobada mediante Acuerdo 026 de 2016 dentro del concurso de méritos  para el ingreso a la carrera notarial convocado por el Consejo Superior de la  Carrera Notarial mediante Acuerdo 001 de 2015, estuvo vigente hasta el 3 de  julio de 2018.    

Que de conformidad con lo  establecido en el artículo 2° de la Ley 588 de 2000, en  caso de vacancia, si no hay lista vigente de elegibles, podrá el nominador  designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el  respectivo concurso.    

Que por estrictas necesidades  del servicio público notarial procede designar un notario en interinidad en la  Notaría Tercera (3) del Círculo de Bello – Antioquia, que cumpla con los  requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto ley 960 de  1970.    

Que en cumplimiento de las disposiciones  del numeral 3 del artículo 25 del Decreto  2723 del 29 de diciembre de 2014, la Directora de Administración Notarial  de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 8 de  marzo de 2021 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada por  el señor MAURICIO GÓMEZ FLÓREZ, identificado con la cédula de ciudadanía  8.160.972 de Envigado, se estableció que el citado profesional cumple con las  calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial, en  Notarías de primera  categoría.”.    

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 2874 de 1994  compilado en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015,  la Superintendente de Notariado y Registro mediante documento del 8 de marzo de  2021 emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar al señor “MAURICIO  GÓMEZ FLÓREZ, identificado con la cédula de ciudadanía 8.160.972 de Envigado,  como Notario Tercero del Círculo de Bello – Antioquia, en Interinidad; quien  cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función  notarial”.    

Que, en este orden se procede a  designar en interinidad al señor Mauricio Gómez Flórez, identificado con la  cédula de ciudadanía 8.160.972 expedida en Envigado – Antioquia, en el cargo de  Notario Tercero (3) del Círculo Notarial de Bello – Antioquia.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desígnese en  interinidad al señor Mauricio Gómez Flórez, identificado con la cédula de  ciudadanía 8.160.972 de Envigado – Antioquia, en el cargo de Notario Tercero  (3) del Círculo Notarial de Bello – Antioquia.    

Artículo 2°. Para posesionarse  en el cargo, el designado debe aportar y acreditar, ante la Gobernación de  Antioquia1, la documentación de ley.    

Artículo 3°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de  mayo de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela.    

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1 Artículo 3° del Decreto 2817 de 1974,  “Los demás Notarios de primera categoría y registradores de cabecera de  círculo, tomarán posesión de sus cargos ante los Gobernadores, Intendentes y  Comisarías de los respectivos círculos”.    

               

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