DECRETO 1381 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1381 DE 2020     

(octubre 22)    

D.O. 51.475, octubre 22 de 2020    

por el cual se designa alcalde  ad hoc para el municipio de El Peñol, departamento de Nariño.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio de fecha  del 6 de febrero del 2020, dirigido a la Procuraduría Regional de Nariño, el  doctor Edilson Fabián Melo López, alcalde del  municipio de El Peñol, Nariño, manifestó su impedimento para conocer sobre el  proceso de legalización cesión de predio baldío urbano, que se busca adelantar  según derecho de petición recibido el día 03 de febrero de 2020, por el señor  Rigoberto Melo Zambrano, quien es su tío, esto es, por ser parientes dentro del  tercer grado de consanguinidad;    

Que mediante auto del 11 de  febrero de 2020, proferido dentro del proceso con Radicación E-2020-075619, el  Procurador Regional de Nariño aceptó el impedimento manifestado por el doctor Edilson Fabián Melo López, al considerar que “En síntesis,  las explicaciones esgrimidas por el señor Edilson  Fabián Melo López, Alcalde Municipal de El Peñol (Nariño) son suficientes para  aceptar el impedimento, con fundamento en la causal consagrada en el numeral 1  del artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso  Administrativo”, y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la  República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado;    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “…  Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio …”, el gobernador del departamento de  Nariño, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el  EXTMI2020-24349 del 23 de julio de 2020, avaló y remitió la hoja de vida del  doctor Diego Nixon Ortiz López, funcionario vinculado a la gobernación del  departamento de Nariño, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de  El Peñol;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de El Peñol, Nariño;    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de  2014, Radicado 11001-03-06- 000-2014-00049-00 (2203);    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación.  Designar como alcalde ad hoc del municipio de El Peñol, Nariño, al doctor Diego Nixon Ortiz López, identificado con  la cédula de ciudadanía número 98391673, quien se desempeña en el cargo de  Subsecretario Administrativo Código 045, Grado 01 de la gobernación de Nariño,  para llevar a cabo los trámites de su competencia dentro del proceso de  legalización cesión de predio baldío urbano, respecto del señor Rigoberto Melo  Zambrano.    

Artículo 2°. Posesión.  El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante  la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al  alcalde titular del municipio de El Peñol, a la Procuraduría Regional de Nariño  y a la gobernación de Nariño.    

Artículo 4°. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de  octubre de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Alicia Victoria Arango Olmos.    

               

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