DECRETO 364 DE 2020
(marzo 5)
D.O. 51.247, marzo 5 de 2020
por el cual se hace un nombramiento en encargo en el Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5° del Decreto ley 2163 de 1970 en concordancia con las disposiciones del artículo 2.2.6.1.5.3.6 y 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno nacional mediante Decreto número 3673 del 22 de septiembre de 2008, nombró en propiedad a la señora María Amparo Quintero Arturo, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41632004, como Notaria Sexta (6ª) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
Que la Superintendencia de Notariado y Registro mediante Resolución número 7373 del 15 de octubre de 2008 confirmó el nombramiento de la señora María Amparo Quintero Arturo, identificada con la cédula de ciudadanía número 41632004, como Notaria Sexta (6ª) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
Que la señora María Amparo Quintero Arturo, tomó posesión del cargo de Notaria Sexta (6ª) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., mediante Acta número 1943 el 22 de octubre de 2008.
Que el día 28 de febrero de 2020 falleció en la ciudad de Bogotá, la señora María Amparo Quintero Arturo, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41632004, tal como consta en el Registro Civil de Defunción con Indicativo Serial número 09794670, inscrito en la Notaría Veintiséis (26) del Círculo Notarial de Bogotá, el 2 de marzo de 2020.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, el Superintendente de Notariado y Registro, mediante documento del 3 de marzo de 2020 certificó que, “…la Notaría Sexta del Círculo de Bogotá, D. C., Notaria de Primera Categoría, se produjo la falta absoluta del notario, bajo la causal descrita en el numeral 1 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015”. “Falta absoluta del notario. Se produce falta absoluta del notario por: 1. Muerte (…)”.
Que la Notaría Sexta (6ª) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., deberá ser provista en ejercicio del derecho de preferencia, de acuerdo con las disposiciones del Capítulo 3 del Decreto número 1069 de 2015, tal como lo indica el Superintendente de Notariado y Registro en la certificación del 3 de marzo de 2020.
Que el artículo 145 del Decreto ley 960 de 1970 dispone que el cargo de Notario puede desempeñarse por encargo.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Decreto ley 2163 de 1970 la designación de los notarios de primera categoría es competencia del Gobierno nacional.
Que en tanto se resuelve lo concerniente al trámite del derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970 y por estrictas necesidades del servicio público notarial procede designar un notario en Encargo en la Notaría Sexta (6ª) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., que cumpla los requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto ley 960 de 1970.
Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo 25 del Decreto número 2723 de 2014 la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 3 de marzo de 2020 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada por el señor Julio César Galvis Martínez – Villalba, identificado con la cédula de ciudadanía número 91158465 de Floridablanca, como Notario Sexto de Bogotá, D. C., en encargo; cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial, en Notarías de primera categoría”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015 la Superintendencia de Notariado y Registro, el 3 de marzo de 2020, emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar al doctor “Julio César Galvis Martínez – Villalba, identificado con cédula de ciudadanía número 91158465 de Floridablanca, como Notario Sexto de Bogotá, D. C., en encargo; quien cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial”.
Que en este orden procede designar en encargo al doctor Julio César Galvis Martínez – Villalba, identificado con cédula de ciudadanía número 91158465 de Floridablanca.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Nombramiento en encargo. Nómbrase en encargo al doctor Julio César Galvis Martínez – Villalba, identificado con cédula de ciudadanía número 91158465 de Floridablanca, como Notario Sexto (6°) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., mientras se surte el trámite pertinente al ejercicio del derecho de preferencia, contemplado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970.
Artículo 2°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante el Ministerio de Justicia y del Derecho, la documentación de ley.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Justicia y del Derecho,
Margarita Leonor Cabello Blanco.