DECRETO 2239 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 2239 DE 2018    

(diciembre 3)    

D.O. 50.796, diciembre 3  de 2018    

por el cual se  designa Alcalde ad hoc para el municipio de Lebrija,  departamento de Santander.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación de 26 de enero de  2018, el señor Sergio Alonso Valenzuela Isabella,  Alcalde del municipio de Lebrija, Santander, manifestó impedimento para otorgar  poder en representación del municipio, para constituirse el ente territorial en  víctima, dentro del proceso penal que contra su padre César Valenzuela Triana se viene adelantando ante el Juzgado Cuarto Penal  del Circuito con funciones de conocimiento en Bucaramanga, por el delito de  prevaricato por acción en concurso heterogéneo con concusión bajo el Radicado  número 68001-6000-000-2016-00158, NIT 114436;    

Que mediante auto de 8 de mayo de 2018, en el proceso con  Radicación IUS-2018-035509- IUC-D-2018-1075027, el Procurador Regional de  Santander, aceptó el impedimento presentado por el doctor Sergio Alonso  Valenzuela Isabella, al considerar que “el interés que a juicio de esta regional da  lugar a configurar la causal de impedimento alcanza a determinarse cuando se  toma un beneficio el designar apoderado de la contraparte, valga repetir,  mientras su padre es procesado se tiene la oportunidad de elegir quién va a  representar jurídicamente a su contraparte, hecho este que rompe sin lugar a  dudas la imparcialidad e independencia”; encontrándose configurada la  causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del Presidente de la República decidir si  designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un  funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que,  en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa  para la cual se nombra con carácter transitorio…”, el gobernador del  departamento de Santander, mediante comunicación radicada en el Ministerio del  Interior bajo EXTMI18-45632 de 31 de octubre de 2018, avaló y remitió la hoja  de vida, entre otras, del doctor Manuel Ricardo Sórzano  Romero, funcionario vinculado a dicho ente territorial, para ser designado como  alcalde ad hoc  del municipio de Lebrija;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  alcalde ad hoc  para el municipio de Lebrija, Santander;    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  Radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203);    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como Alcalde ad hoc del municipio de Lebrija,  Santander, al doctor Manuel Ricardo Sórzano Romero,  identificado con cédula de ciudadanía número 79786705, quien se desempeña en el  cargo de Secretario de Despacho, de la Secretaría del Interior, Código 020,  Grado 02 de la planta de cargos del despacho del Gobernador, para otorgar poder  como víctima en representación de ese ente territorial, dentro del proceso  penal Radicado número 68001-6000-000-2016-00158, NIT 114436, adelantado en el  Juzgado Cuarto Penal del Circuito con funciones de conocimiento en Bucaramanga,  por los punibles de prevaricato por acción en concurso heterogéneo con  concusión en contra de su padre César Valenzuela Triana.    

Artículo 2°. Posesión. El Alcalde ad  hoc designado en este acto deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar por intermedio del Ministerio del  Interior, el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc designado, al Alcalde titular  del municipio de Lebrija y a la Procuraduría Regional de Santander.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de  2018.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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