DECRETO 1962 DE 2018
(octubre 19)
D.O. 50.751, octubre 19 de 2018
por el cual se da por terminado un encargo y se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría General de la Nación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en particular, las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política y 66 de la Ley 4ª de 1913, en concordancia con el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto número 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Ronald Housni Jaller, identificado con cédula de ciudadanía número 15244179, fue elegido en las elecciones de 25 de octubre de 2015 como Gobernador del departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para el período 2016-2019, inscrito por la coalición “Programática y Política”, conformada por los partidos Social de la Unidad Nacional Partido de la “U” y Liberal Colombiano, según consta en el Formulario Coaliciones E-6;
Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI18-15741 de 20 de abril de 2018, la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa allegó copia del auto de 20 de abril de 2018, proferido dentro del proceso con Radicación IUS E 2017-813851-IUC-D-2017-1026924, por el Procurador Segundo Delegado para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, el cual en el numeral séptimo de la parte resolutiva, ordenó la suspensión provisional de “Ronald Housni Jaller, identificado con cédula de ciudadanía número 15244179 por el término de tres (3) meses a partir de la fecha, sin derecho a remuneración durante el término que dure la misma. Advirtiéndole que no podrán ejercer cargos públicos, o contratar con el Estado durante ese lapso”;
Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto número 711 de 23 de abril de 2018 procedió a suspender al señor Ronald Housni Jaller del empleo de Gobernador del departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en cumplimiento del auto con Radicación IUS E 2017-813851 – IUC-D-2017-1026924 de 20 de abril de 2018, proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, y designó como gobernadora encargada del departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a la doctora Sandra Victoria Howard Taylor, con el fin de evitar vacíos de poder o de autoridad, conforme a lo señalado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-448 de 1997, sin perjuicio de señalar que, una vez se produzca la designación de uno de los ternados, inmediatamente concluirá el encargo;
Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI18-29215 de 19 de julio de 2018, la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación allegó copia del auto de 19 de julio de 2018, proferido dentro del proceso con Radicación IUS E 2017-813851 – IUC-D-2017-1026924, el cual en el numeral primero de la parte resolutiva ordenó la prórroga de la suspensión provisional de “Ronald Housni Jaller, identificado con cédula de ciudadanía número 15244179, en su condición de Gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por el término de tres (3) meses a partir de la fecha, sin derecho a remuneración durante el término que dure la misma. Advirtiéndoles que no podrán ejercer cargos públicos, o contratar con el Estado, durante ese lapso”;
Que en tal medida, el Gobierno nacional mediante el Decreto número 1271 del 23 de julio de 2018, prorrogó por el término de tres (3) meses la suspensión provisional de Ronald Housni Jaller, en su condición de Gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y encargó como gobernador del departamento al señor Alain Enrique Manjarrés Flórez, funcionario de la Gobernación del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina;
Que el señor Alain Enrique Manjarrés Flórez, mediante comunicación de fecha 8 de octubre de 2018 presentó renuncia irrevocable al cargo de gobernador encargado del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina;
Que mediante comunicación radicada en la Presidencia de la República bajo EXT18- 00111529 de 18 de octubre de 2018, la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación allegó copia del auto de 18 de octubre de 2018, proferido dentro del proceso con Radicación IUS E 2017-813851 – IUC-D-2017-1026924, en el que se resolvió: “Revocar la prórroga de la suspensión provisional ordenada mediante auto del 19 de julio de 2018 ordenada al señor Rolad Housni Jaller, en condición de Gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina”, y ordena a la Presidencia de la República dar cumplimiento inmediato a la decisión adoptada;
Que conforme a lo antes expuesto, se hace necesario dar por terminado el encargo del señor Alain Enrique Manjarrés Flórez como Gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, realizado mediante el Decreto número 1271 de 2018, y cesar los efectos del Decreto número 1271 del 23 de julio de 2018;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Terminación del encargo. Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo del señor Alain Enrique Manjarrés Flórez, identificado con la cédula de ciudadanía número 18002921, como Gobernador encargado del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar por intermedio del Ministerio del Interior el contenido del presente decreto al señor Ronald Housni Jaller, gobernador electo; al señor Alain Enrique Manjarrés Flórez, gobernador encargado; a la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación y a la gobernación del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y cesa en sus efectos el Decreto número 1271 del 23 de julio de 2018. Contra el presente decreto no procede recurso alguno, conforme lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de octubre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.