DECRETO 1833 DE 2018
(septiembre 28)
D.O. 50.730, septiembre 28 de 2018
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018 y se efectúa la correspondiente liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1873 de 2017, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, el cual se liquidó mediante el Decreto número 2236 de 2017.
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.
Que el Gobierno de la República de Colombia a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unión Europea (UE) firmaron el Convenio de Financiación número DCI-ALA/2012/024-518, “Apoyo Presupuestario a la Estrategia de Desarrollo Rural Integral con Enfoque Territorial (DRET)”, por valor de 39.200.000 Euros, cuyo beneficiario es el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen, y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.
Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto.
Que el Departamento Nacional de Planeación mediante Oficios número 20184340001226 y 20184340001236 del 25 de junio de 2018, suscritos por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición presupuestal por valor de $29.300.000.000 moneda corriente y $1.000.000.000 moneda corriente, al presupuesto de gastos de Inversión del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – Gestión General.
Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con Oficios número 20181610139231 y 20181600175561 del 26 de junio y 13 de agosto de 2018, solicita la Incorporación de los recursos donados por la Unión Europea, por valor de $30.300.000.000.
Que la Coordinadora (E) del Grupo de Tesorería de la Subdirección Financiera del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante comunicación del 7 de mayo de 2018, certificó que el saldo disponible a marzo de 2018 es de: dieciocho millones doscientos sesenta y cinco mil quince euros con 31 céntimos (€18.265.015,31), depositados en la cuenta en Euros número 51498715 del Banco de la República, correspondientes al convenio de financiación número DCI-ALA/2012/024-518, entre la Unión Europea y la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
1.
Ingresos del Presupuesto Nacional
30.300.000.000
2.
Recursos de capital de la Nación
30.300.000.000
Artículo 2°. Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adicionase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:
ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
SECCIÓN: 1701
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Cta Prog
Subc Subp
Concepto
Aporte Nacional
Recursos Propios
Total
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
30.300.000.000
30.300.000.000
1702
INCLUSIÓN PRODUCTIVA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES
29.300.000.000
29.300.000.000
1702
1100
INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO
29.300.000.000
29.300.000.000
1704
ORDENAMIENTO SOCIAL Y USO PRODUCTIVO DEL TERRITORIO RURAL
1.000.000.000
1.000.000.000
1704
1100
INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO
1.000.000.000
1.000.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN
30.300.000.000
30.300.000.000
Artículo 3°. Liquidación de la adición del presupuesto de rentas y recursos de capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
1.
INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL
30.300.000.000
2.
RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN
30.300.000.000
Artículo 4°. Liquidación de la adición del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 1° de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:
ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
SECCIÓN: 1701
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Cta Prog
Subc Subp
Concepto
Aporte Nacional
Recursos Propios
Total
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
30.300.000.000
30.300.000.000
1702
INCLUSIÓN PRODUCTIVA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES
29.300.000.000
29.300.000.000
1702
1100
INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO
29.300.000.000
29.300.000.000
1704
ORDENAMIENTO SOCIAL Y USO PRODUCTIVO DEL TERRITORIO RURAL
1.000.000.000
1.000.000.000
1704
1100
INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO
1.000.000.000
1.000.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN
30.300.000.000
30.300.000.000
Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.
Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de septiembre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
ANEXO
DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS
CONCEPTO
TOTAL
1.
INGRESOS DE PRESUPUESTO NACIONAL
30.300.000.000
2.
RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN
30.300.000.000
2.7.
OTROS RECURSOS DE CAPITAL
30.300.000.000
TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
30.300.000.000
ADICIONES PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
Cta Prog
Subc Subp
Rec
Concepto
Aporte Nacional
Recursos Propios
Total
SECCIÓN: 1701
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
TOTAL PRESUPUESTO
30.300.000.000
30.300.000.000
C. INVERSIÓN
30.300.000.000
30.300.000.000
UNIDAD: 170101
GESTIÓN GENERAL
30.300.000.000
30.300.000.000
1702
INCLUSIÓN PRODUCTIVA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES
29.300.000.000
29.300.000.000
1702
1100
INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO
29.300.000.000
29.300.000.000
1702
1100
4
IMPLEMENTACIÓN GENERACIÓN DE INGRESOS Y DESARROLLO DE CAPACIDADES PRODUCTIVAS NACIONAL
29.300.000.000
29.300.000.000
15
DONACIONES
29.300.000.000
29.300.000.000
1704
ORDENAMIENTO SOCIAL Y USO PRODUCTIVO DEL TERRITORIO RURAL
1.000.000.000
1.000.000.000
1704
1100
INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO
1.000.000.000
1.000.000.000
1704
1100
1
CONSTRUCCIÓN LINEAMIENTOS DE POLÍTICA Y ESTRATEGIAS PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER RURAL. NACIONAL
1.000.000.000
1.000.000.000
15
DONACIONES
1.000.000.000
1.000.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN
30.300.000.000
30.300.000.000