DECRETO 1088 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 1088 DE 2018     

(junio 28)    

D.O. 50.638, junio 28 de  2018    

por el cual se  otorga el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes año 2017.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, conforme al Capítulo  4 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del  Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número  1074 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que la política de ciencia, tecnología e  innovación (CTI) es uno de los principales lineamientos del Plan Nacional de  Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, que tiene como objetivos lograr  una Colombia en paz, equitativa y la más educada de América Latina, así como  mejorar las capacidades en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas a través de  la capacidad de innovar y de absorción tecnológica para incrementar la  productividad de las empresas.    

Que de acuerdo con lo previsto en el  artículo 2.2.1.4.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio,  Industria y Turismo, Decreto número  1074 de 2015, creó el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para  las Mipymes, como estímulo a la investigación  aplicada, creatividad, diseño e innovación empresarial.    

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.4.6  del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto  número 1074 del 26 de mayo de 2015 se establece un Comité Técnico, con la  participación del sector público y privado, para la coordinación general del  Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes.    

Que mediante Resolución número 2484 de 2007,  del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se establecen los  procedimientos generales para la entrega del premio así: Etapa 1:  Inscripción y evaluación de las propuestas de postulación. Etapa 2:  Selección de las empresas para visitas de campo. Etapa 3: Evaluación de  las empresas seleccionadas mediante visita de campo. Etapa 4:  Recomendaciones e Informes de los jurados al Ministerio de Comercio, Industria  y Turismo. Etapa 5: Propuesta de Decreto Ejecutivo del Ministerio de  Comercio, Industria y Turismo al Presidente de la República. Etapa 6:  Otorgamiento.    

Que en sesión del 25 de abril de 2018  consignada en el Acta número 3, el Comité Técnico del Premio, previo análisis  del informe presentado por Innpulsa Colombia como  ente evaluador de la convocatoria, recomendó como finalistas las siguientes  empresas:    

Categoría Innovación en Producto: AMBIENTE  SOLUCIONES S.A.S., identificada con NIT 900.445.030-  6 de Medellín – Antioquia, INDUSTRIAS MÉDICAS SAMPEDRO S.A.S.  identificada con NIT 811.032.919-2 de La Estrella- Antioquia, INGENIO  COLOMBIANO INGCO S.A.S identificada con NIT  830.090.006-1 de Bogotá, METROFFLEX S.A.S  identificada con NIT 900.122.930-3 de Cali, Valle del Cauca, ROBOTEC COLOMBIA S.A.S identificada con NIT 800.060.313- 9 de Bogotá,  SUBSUELO3D S.A.S identificada con NIT 900.401.014-9  de Bogotá, TOBO Y COMPAÑÍA S.A.S identificada con NIT  844.004.981-0 de Yopal, Casanare.    

CATEGORÍA INNOVACIÓN EN SERVICIOS: MOCIÓN S.A.S identificada con NIT 900.324.992-7, de Bogotá,  PROCESS ON LINE S.A.S identificada con NIT  900.255.484- 0 de Medellín, Antioquia.    

CATEGORÍA INNOVACIÓN EN PROCESOS  PRODUCTIVOS: SETAS DORADAS LTDA. identificada con NIT 900.138.206-9 de Tenjo, Cundinamarca.    

CATEGORÍA INNOVACIÓN SOCIAL: VENNEX GROUP S.A.S identificada con NIT 900.481.705-1 de Cali, Valle del  Cauca.    

Que de acuerdo con lo establecido en la  Resolución número 2484 de 2007 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,  artículo séptimo “Procedimiento para el otorgamiento”, el comité técnico  declaró desiertas las categorías Innovación Comercial e Innovación Abierta, por  no cumplir los criterios de puntaje definidos en el marco del comité técnico  número 3 del 25 de abril de 2018 como reposa en el acta.    

Que atendiendo lo establecido en la misma  disposición, la Dirección de Mipymes convocó y  seleccionó los miembros del jurado del premio, de acuerdo con el sector y  perfil de las innovaciones a evaluar. De igual forma se tuvieron en cuenta las  recomendaciones realizadas por los miembros del comité técnico, quienes  postularon a empresarios, académicos y servidores públicos para ser parte del  jurado.    

Que de conformidad con el citado artículo 7°  del reglamento, el jurado del premio en sesión del 29 de mayo de 2018,  contenida en el Acta número 01, recomendó como ganadoras a las siguientes  empresas de acuerdo con los criterios evaluados que reposan en el acta de la  sesión.    

CATEGORÍA INNOVACIÓN EN PRODUCTO: METROFFLEX  S.A.S identificada con NIT 900.122.930-3 de Cali,  Valle del Cauca.    

CATEGORÍA INNOVACIÓN EN PROCESOS  PRODUCTIVOS: SETAS DORADAS LTDA. identificada con NIT 900.138.206-9 de Tenjo, Cundinamarca.    

RECONOCIMIENTO DE MENTALIDAD Y CULTURA:  METROFFLEX S.A.S identificada con NIT 900.122.930-3  de Cali, Valle del Cauca. Empresa que dentro su cultura organizacional demostró  cómo la innovación ha generado una dinámica de crecimiento continuo tanto en la  empresa, como en sus trabajadores, y en su relación con el entorno.    

Que según lo dispuesto por el artículo 7° de  la resolución 2484 de 2007, el jurado del premio en sesión del 29 de mayo de  2018, recomendó declarar desiertas las categorías de Innovación en servicios e  innovación social, por considerar que las postuladas no presentaban el carácter  innovador requerido para ser merecedoras del galardón de acuerdo con los  criterios evaluados que reposan en el acta de la sesión.    

Que de igual forma, el jurado recomendó no  entregar el reconocimiento de Categoría Especial Premio a la Innovación para el  “Crecimiento Empresarial Extraordinario”, por considerar que no se evidenció  que las Mipymes presentaran un crecimiento rentable y  sostenido, por encima del crecimiento al sector que pertenece, esto para el  periodo evaluado en el marco de la convocatoria, conforme a los resultados  arrojados por los informes de evaluación de las visitas técnicas.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Reconocer y exaltar a las  siguientes empresas, otorgándoles el Premio Colombiano a la Innovación  Empresarial para las Mipymes del año 2017, por promover  la gestión de la innovación, estimular investigación aplicada y apropiar la  innovación como elemento clave para mejorar su productividad y competitividad  así:    

Categoría Innovación en Producto: METROFFLEX S.A.S identificada con NIT 900.122.930-3 de Cali, Valle del  Cauca.    

Categoría Innovación en Procesos  Productivos: SETAS DORADAS LTDA. identificada con NIT 900.138.206-9 de Tenjo, Cundinamarca.    

Reconocimiento de Mentalidad y Cultura: METROFFLEX S.A.S identificada con NIT 900.122.930- 3 de Cali, Valle del  Cauca.    

Parágrafo. El premio que aquí se otorga es  el definido en el artículo 2.2.1.4.5 del Decreto número  1074 de 2015.    

Artículo 2°. Otorgar condecoración y  reconocimiento público, por su cultura innovadora a las empresas mencionadas en  el artículo 1° del presente decreto.    

Artículo 3°. Declarar desiertas las  categorías de Innovación de Servicios, Innovación Comercial, Innovación Abierta  e Innovación Social, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente  decreto.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de junio de  2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Comercio, Industria y  Turismo,    

María Lorena  Gutiérrez Botero.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *