DECRETO 2393 DE 2015
(diciembre 11)
D.O. 49.723, diciembre 11 de 2015
por el cual se modifica la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Nota: Modificado por el Decreto 419 de 2023, por el Decreto 2184 de 2017 y por el Decreto 2153 de 2017.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 4051 de 2008 se estableció la planta de personal de la DIAN, siendo adicionada por su similar 1322 de 2011.
Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el correspondiente
estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto–ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, obteniendo concepto favorable de ese Departamento Administrativo.
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó certificado de viabilidad presupuestal.
DECRETA:
Artículo 1°. Modificado en lo pertinente por el Decreto 419 de 2023, artículo 1º. Crear los siguientes empleos en la planta global de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN):
PLANTA GLOBAL
Número de empleos
Denominación del empleo
Código
Grado
1 (uno)
Inspector III
307
07
2 (dos)
Inspector II
306
06
40 (cuarenta)
Gestor IV
304
04
12 (doce)
Gestor III
303
03
317 (trescientos diecisiete)
Gestor II
302
02
540 (quinientos cuarenta)
Gestor I
301
01
112 (ciento doce)
Analista V
205
05
79 (setenta y nueve)
Analista IV
204
04
137 (ciento treinta y siete)
Analista III
203
03
61 (sesenta y uno)
Analista II
202
02
9 (nueve)
Analista I
201
01
66 (sesenta y seis)
Facilitador IV
104
04
111 (ciento once)
Facilitador III
103
02
10 (diez)
Facilitador II
102
01
1 (uno)
Facilitador I
101
01
Artículo 2°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará a partir del 1° de julio de 2016, sin embargo podrá iniciarse antes de la fecha indicada, en la medida que empleos temporales de igual denominación, código y grado, y cuya fuente de financiación sea presupuesto de funcionamiento se supriman en forma automática por encontrarse en vacancia definitiva, tal y como lo dispone el artículo 3° del Decreto 1702 de 2014.
Artículo 3°. El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante resolución distribuirá los empleos de la planta global de que trata el presente decreto y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, los procesos, los planes, los programas y las necesidades de la Entidad.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, en los términos y condiciones aquí señalados, y modifica y adiciona en lo pertinente los Decretos 4051 de 2008 y 1322 de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D.C., a 11 de diciembre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.