DECRETO 130 DE 2015
(enero 22)
D.O. 49.402, enero 22 de 2015
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
Nota: Modificado por el Decreto 148 de 2015.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará entre los días 23 al 27 de enero de 2015, a la ciudad de París, Francia, con el fin de realizar una Visita Oficial a ese país.
El día 28 de enero de 2015, se trasladará a la ciudad de San José de Costa Rica, con el fin de participar en la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificado en lo pertinente por el Decreto 148 de 2015, artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, doctor Gabriel Vallejo López, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304, 314 y 323.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de enero de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN