DECRETO 1227 DE 2011
(abril 15)
D.O. 48.046, abril 18 de 2011
por el cual se modifica el Decreto 2489 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
Nota: Modificado por el Decreto 1616 de 2015.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el Decreto 2489 de 2006, las siguientes denominaciones de empleo:
Nivel Jerárquico y denominación del empleo
Código
Grado
NIVEL PROFESIONAL
Inspector de Trabajo y Seguridad Social
2003
11
10
09
Inspector de Trabajo y Seguridad Social Especializado
2004
23
22
21
20
19
18
17
16
15
14
13
12
Artículo 2°. Adiciónase la nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el Decreto 2489 de 2006, con la siguiente denominación de empleo:
Nivel Jerárquico y denominación del empleo
Código
Grado
NIVEL PROFESIONAL
Inspector de Trabajo y Seguridad Social
2003
14
12
Artículo 3°. Establécese a partir de la vigencia del presente decreto, la siguiente equivalencia de empleos:
Situación anterior
Situación nueva
Denominación
Código
Grado
Denominación
Código
Grado
Inspector de Trabajo y Seguridad Social
2003
11
10
09
Inspector de Trabajo y Seguridad Social
2003
12
12
12
Parágrafo. El Ministerio de la Protección Social procederá a efectuar los cambios correspondientes en la primera nómina de pago siguiente a la fecha de publicación de este decreto, con estricta sujeción a la equivalencia establecida en el presente artículo.
A los empleados públicos que al entrar en vigencia el presente decreto estén desempeñando empleos de Inspector de Trabajo y Seguridad Social en los grados 09, 10 y 11, y mientras permanezcan en los mismos empleos, no se les exigirán requisitos distintos a los ya acreditados.
Quienes se vinculen a partir de la vigencia del presente decreto al cargo de Inspector de Trabajo y Seguridad Social Grado 12, deberán acreditar los requisitos señalados en el manual específico de funciones y de competencias laborales, de conformidad con lo señalado en el Decreto 2772 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2489 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de abril de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Bruce Mac Master Rojas.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.