DECRETO 907 DE 2006
(marzo 28)
por el cual se modifica la Planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4º del Decreto 1790 de 2000,
DECRETA:
Artículo 1º. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 2006 (marzo-mayo) queda constituida de la siguiente manera:
ESCALAFON
REGULAR
ESCALAFON
COMPLEMENTARIO
I. OFICIALES
1. EJERCITO
General
2
Mayor General
10
Brigadier General
28
Coronel
225
3
Teniente Coronel
525
Mayor
997
Capitán
1.730
Teniente
1.297
Subteniente
2.553
TOTAL
7.367
3
2. ARMADA
Almirante
1
Vicealmirante
6
Contralmirante
11
Capitán de Navío
97
2
Capitán de Fragata
194
Capitán de Corbeta
321
Teniente de Navío
320
Teniente de Fragata
298
Teniente de Corbeta
501
TOTAL
1.749
2
3. FUERZA AEREA
General
3
Mayor General
6
Brigadier General
11
Coronel
100
1
Teniente Coronel
149
Mayor
344
Capitán
334
Teniente
342
Subteniente
505
TOTAL
1.794
1
II. SUBOFICIALES
1. EJERCITO
Sargento Mayor
183
Sargento Primero
1.850
Sargento Viceprimero
4.240
Sargento Segundo
5.680
Cabo Primero
2.747
Cabo Segundo
5.024
Cabo Tercero
7.993
TOTAL
27.717
2. ARMADA
Suboficial Jefe Técnico
160
Suboficial Jefe
687
Suboficial Primero
1.177
Suboficial Segundo
1.614
Suboficial Tercero
549
Marinero Primero
801
Marinero Segundo
1.369
TOTAL
6.357
3. FUERZA AEREA
Suboficial Técnico Jefe
181
Suboficial Técnico Subjefe
433
Suboficial Técnico Primero
516
Suboficial Técnico Segundo
534
Suboficial Técnico Tercero
264
Suboficial Técnico Cuarto
229
Aerotécnico
495
TOTAL
2.652
Artículo 2º. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia 20 06 (junio-agosto) queda constituida de la siguiente manera:
ESCALAFON
REGULAR
ESCALAFON
COMPLEMENTARIO
I. OFICIALES
1. EJERCITO
General
2
Mayor General
10
Brigadier General
28
Coronel
225
3
Teniente Coronel
525
Mayor
1.165
Capitán
1.569
Teniente
1.543
Subteniente
2.647
TOTAL
7.714
3
2. ARMADA
Almirante
1
Vicealmirante
6
Contralmirante
13
Capitán de Navío
103< /p>
2
Capitán de Fragata
193
Capitán de Corbeta
331
Teniente de Navío
290
Teniente de Fragata
332
Teniente de Corbeta
534
TOTAL
1.803
2
3. FUERZA AEREA
General
3
Mayor General
6
Brigadier General
11
Coronel
102
1
Teniente Coronel
142
Mayor
342
Capitán
337
Teniente
344
Subteniente
500
TOTAL
1.787
1
II. SUBOFICIALES< /p>
1. EJERCITO
Sargento Mayor
183
Sargento Primero
1.850
Sargento Viceprimero
4.240
Sargento Segundo
5.680
Cabo Primero
2.747
Cabo Segundo
5.024
Cabo Tercero
8.293
TOTAL
< p class=MsoNormal align=right style=’text-align:right;line-height:10.5pt; mso-layout-grid-align:none;text-autospace:none;vertical-align:baseline’>28.017
2. ARMADA
Suboficial Jefe Técnico
158
Suboficial Jefe
686
Suboficial Primero
1.177
Suboficial Segundo
1.614
Suboficial Tercero
549
Marinero Primero
801
Marinero Segundo
1.469
TOTAL
6.454
3. FUERZA AEREA
Suboficial Técnico Jefe
180
Suboficial Técnico Subjefe
423
Suboficial Técnico Primero
516
Suboficial Técnico Segundo
533
Suboficial Técnico Tercero
264
Suboficial Técnico Cuarto
229
Aerotécnico
495
TOTAL
< span style=’font-size:9.5pt;font-family:”Times Bold”;mso-bidi-font-family:”Times Bold”; color:black’>2.640
Artículo 3º. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia 2006 (septiembre-noviembre) queda constituida de la siguiente manera:
ESCALAFON
REGULAR
ESCALAFON
COMPLEMENTARIO
I. OFICIALES
1. EJERCITO
General
2
Mayor General
10
Brigadier General
28
Coronel
225
3
Teniente Coronel
525
Mayor
1.164
Capitán
1.569
Teniente
1.547
Subteniente
2.647
TOTAL
7.717
3
2. ARMADA
Almirante
1
Vicealmirante
6
Contralmirante
13
Capitán de Navío
103
2
Capitán de Fragata
193
Capitán de Corbeta
331
Teniente de Navío
290
Teniente de Fragata
332
Teniente de Corbeta
534
TOTAL
1.803
2
3. FUERZA AEREA
General
3
Mayor General
6
Brigadier General
11
Coronel
98
1
Teniente Coronel
140
Mayor
341
Capitán
337
Teniente
343
Subteniente
500
TOTAL
1.779
1
II. SUBOFICIALES
1. EJERCITO
Sargento Mayor
253
Sargento Primero
1.999
Sargento Viceprimero
4.457
Sargento Segundo
5.948
Cabo Primero
2.055
Cabo Segundo
6.568
Cabo Tercero
7.579
TOTAL
28.859
2. ARMADA
Suboficial Jefe Técnico
200
Suboficial Jefe
658
Suboficial Primero
1.190
Suboficial Segundo
1.709
Suboficial Tercero
357
Marinero Primero
974
Marinero Segundo
1.375
TOTAL
6.463
3. FUERZA AEREA
Suboficial Técnico Jefe
166
Suboficial Técnico Subjefe
421
Suboficial Técnico Primero
516
Suboficial Técnico Segundo
524
Suboficial Técnico Tercero
264
Suboficial Técnico Cuarto
229
Aerotécnico
493
TOTAL
2.613
Artículo 4º. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares a partir del 1º de diciembre de 2006 queda constituida de la siguiente manera:
ESCALAFON
REGULAR
ESCALAFON
COMPLEMENTARIO
I. OFICIALES
1. EJERCITO
General
3
Mayor General
15
Brigadier General
32
Coronel
277
7
Teniente Coronel
600
Mayor
1.281
Capitán
1.291
Teniente
2.001
Subteniente
2.526
TOTAL
8.026
7
2. ARMADA
Almirante
1
Vicealmirante
6
Contralmirante
13
Capitán de Navío
108
2
Capitán de Fragata
213
Capitán de Corbeta
342
Teniente de Navío
304
Teniente de Fragata
368
Teniente de Corbeta
549
TOTAL
1.904
2
3. FUERZA AEREA
General
3
Mayor General
6
Brigadier General
13
Coronel
105
1
Teniente Coronel
154
Mayor
386
Capitán
320
Teniente
345
Subteniente
562
TOTAL
1.894
1
II. SUBOFICIALES
1. EJERCITO
Sargento Mayor
240
Sargento Primero
1.800
Sargento Viceprimero
4.410
Sargento Segundo
< /td>
5.917
Cabo Primero
2.021
Cabo Segundo
6.537
Cabo Tercero
7.374
TOTAL
28.299
2. ARMADA
Suboficial Jefe Técnico
200
Suboficial Jefe
658
Suboficial Primero
1.190
Suboficial Segundo
1.709
Suboficial Tercero
357
Marinero Primero
974
Marinero Segundo
1.719
TOTAL
6.807
3. FUERZA AEREA
Suboficial Técnico Jefe
147
Suboficial Técnico Subjefe
398
Suboficial Técnico Primero
515
Suboficial Técnico Segundo
523
Suboficial Técnico Tercero
264
Suboficial Técnico Cuarto
229
Aerotécnico
713
TOTAL
2.789
Artículo 5º. Con el propósito de hacer viable la ejecución de las plantas de personal propuestas, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto número 1790 de 2000, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 6º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 4477 del 1º de diciembre de 2005 y todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de marzo de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Defensa Nacional,
Camilo Ospina Bernal.