DECRETO 2238 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 2238 DE 2005    

(junio  30)    

por el cual se suprimen unos cargos de la Comisión Nacional de  Regalías, En Liquidación.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14  del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,    

CONSIDERANDO:    

Que  mediante el Decreto  149 del 21 de enero de 2004, se suprimió y ordenó la liquidación de la  Comisión Nacional de Regalías;    

Que  mediante el Decreto  1736 del 2 de junio de 2004, se suprimió de la planta de personal de la  Comisión Nacional de Regalías en Liquidación los cargos que no eran necesarios  para el proceso de liquidación;    

Que  mediante Decreto  071 del 14 de enero de 2005 se prorroga el tiempo para la liquidación de la  Comisión Nacional de Regalías, por cinco (5) meses tres (3) días;    

Que  la Comisión Nacional de Regalías en Liquidación, presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  efectos de suprimir unos cargos de la planta de personal de esa entidad,  obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento;    

Que  la Comisión Nacional de Regalías, en Liquidación, para efectos de la supresión  de cargos, cuenta con viabilidad presupuestal de la Dirección General del  Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;    

Que  el 30 de junio de 2005 vence el plazo para la liquidación de la Comisión  Nacional de Regalías, en Liquidación;    

DECRETA:    

Artículo  1°. Suprímense de la planta de personal de la Comisión Nacional de Regalías los  siguientes cargos, a partir del primero (1°) de julio de 2005:    

Nº de empleos                   Dependencia y denominación  del Empleo       Código        Grado    

DESPACHO DEL DIRECTOR                

1 (Uno)       Director General de Unidad  Administrativa Especial 0015     24    

                   PLANTA GLOBAL    

1 (Uno)       Subdirector General de Unidad                          

                   Administrativa Especial                   0040     21    

Nº de empleos                   Dependencia y denominación  del Empleo       Código        Grado    

1 (Uno)       Jefe de Oficina                               0137     20    

1 (Uno)       Jefe de Oficina Asesora Jurídica       1045     15    

2 (Dos)       Profesional Especializado                3010     23    

2 (Dos)       Profesional Especializado                3010     22    

1 (Uno)       Profesional Especializado                3010     16    

5 (Cinco)     Profesional Universitario                 3020     14    

Articulo  2°. Los empleados de Carrera Administrativa a quienes se les suprima el cargo  en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, tendrán  derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo  equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 909 de 2004, y los  Decretos Reglamentarios 760 y 1227 de 2005 y  demás normas vigentes sobre la materia.    

Artículo  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga  las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 30 de junio de 2005.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El  Subdirector del Departamento Nacional de Planeación, Encargado de las Funciones  del Despacho del Director del Departamento Nacional de Planeación,    

José Leibovich Goldenberg.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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