DECRETO 44 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 44 DE 2005    

(enero 13)    

por el cual se suprimen unos cargos vacantes de la planta  de personal del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en  Liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades constitucionales y Legales, en especial las que le confieren el  numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto  número 1292 del 21 de mayo de 2003, por el cual se suprime el Instituto  Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, y se ordena su liquidación;    

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003  disponen que los cargos que quedaren vacantes como consecuencia de la  jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren  deberán ser suprimidos;    

Que el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora,  en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública  la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  efectos de modificar la planta de personal de esa entidad, el cual obtuvo  concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;    

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional  del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, expidió el respectivo concepto de  viabilidad presupuestal;    

Que la Junta Liquidadora del Instituto Colombiano de la  Reforma Agraria, Incora, en Liquidación, sometió a aprobación del Gobierno  Nacional la supresión de cargos de su Planta de Personal, de acuerdo con el  Acta número 12 del 5 de octubre de 2004,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Suprímense los siguientes cargos de la planta  de personal del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en  Liquidación:    

Número de  cargos                 Denominación del  cargo     Código       Grado    

PLANTA GLOBAL    

    3 Tres           Profesional  Especializado  3010      16    

    3 Tres           Técnico  Operativo           4080      15    

    1 Uno            Técnico  Administrativo     4065      14    

    1 Uno            Tesorero                        5015      23    

    1 Uno            Secretario  Ejecutivo        5040      21    

    1 Uno            Conductor Mecánico        5310      13    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto  2459 del 3 de octubre de 1997.    

Publíquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de enero de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,    

Carlos Gustavo Cano Sanz.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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