DECRETO 1596 DE2002
(julio 31)
por el cual se otorga La Gran Medalla Cívica General
“Francisco de Paula Santander”.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de susfacultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por la Ley 14de 1939, los Decretos 174 y 1009 de 1974 y el Decreto 934 del 10 de mayo de2002.
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 14 de 1939, se creó la Gran Medalla Cívica“Francisco de Paula Santander” para honrar la memoria del ilustre héroenacional, con destino a los colombianos y extranjeros que se hayan distinguidoen el magisterio y en el cumplimiento de actos y labores de alta consideración ymérito en beneficio de la Educación y la Cultura y hayan contribuido alenriquecimiento del patrimonio de la humanidad;
Que mediante Decreto 934 del 10de mayo del año 2002, se reglamentó la Ley 14 de 1939 y se modificó el Decreto1009 de 1974;
Que es deber del GobiernoNacional reconocer y exaltar la labor desarrollada al servicio de la educacióncolombiana y su invaluable aporte en la noble función de crear y divulgar elconocimiento con profundo sentido de responsabilidad en pro de las nuevasgeneraciones, a las personas que destaca el artículo 1° del presentedecreto,
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgar la GranMedalla Cívica General “Francisco de Paula Santander” en segunda categoría a lassiguientes personas:
JaimeRestrepo CuartasCédula de ciudadaníanúmero 8252738 de Medellín.
FernandoHinestroza ForeroCédula de ciudadaníanúmero 87.983 de Bogotá.
RodrigoNoguera LabordeCédula de ciudadaníanúmero 13 de Bogotá.
OscarRojas RenteríaCédula de ciudadaníanúmero 14436589 de Cali.
JaimeSalazar ContrerasCédula de ciudadaníanúmero 19192139 de Bogotá.
MagdalenaMantilla CortésCédula de ciudadaníanúmero 41396296 de Bogotá.
JulioEnrique Ospina LugoCédula de ciudadaníanúmero 2924414 de Bogotá.
CarlosAngulo GalvisCé dula de ciudadaníanúmero 2867207 de Bogotá.
LuisaPizano de OspinaCédula de ciudadaníanúmero 41502492 de Bogotá.
VickyColbert de ArboledaCédula de ciudadaníanúmero 41442151 de Bogotá.
FrancisWehr RoetherCédula de Extranjería número117048.
JaimeBejarano AlzateCédula de ciudadaníanúmero 7508626 de Armenia.
MargaritaPeña BorreroCédula de ciudadaníanúmero 31269773 de Cali.
PedroGómez BarreroCédula de ciudadaníanúmero 78366 de Bogotá.
AlbertoEspinosa LópezCédula de ciudadaníanúmero 17178079 de Bogotá.
NohoraElizabeth Hoyos TrujilloCédula deciudadanía número 41469791 deBogotá.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fechade su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 31 de julio de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Educación Nacional,
Francisco José Lloreda Mera.