DECRETO 349 DE 2001
(marzo 5)
por el cual se confiere una comisión en el exterior y se hace un encargo.
El Ministro de Justicia y del Derecho de la República de Colombia delegatario de las funciones presidenciales, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere los Decretos 1050/97, 476 de 2000, artículo 34 del Decreto 1950/73, y en desarrollo del Decreto 313 del 23 de febrero de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Oficio número PM/OP6339 del 23 de febrero de 2001 delegó en representación de Colombia a la doctora María Eulalia Arteta Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística para participar en la “Trigésima Segunda Reunión de la Comisión Estadística de las Naciones Unidas”, a realizarse entre el 6 y el 9 de marzo próximo, en la ciudad de Nueva York;
Que por la importancia del evento es conveniente la asistencia de la doctora María Eulalia Arteta Manrique Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para lo cual se requiere conferirle comisión de servicios,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérase comisión en el exterior a la doctora María Eulalia Arteta Manrique, Directora del Departamento Nacional de Estadística, identificada con cé dula de ciudadanía número 35465326 de Usaquén por el término comprendido entre el 5 y el 10 de marzo de 20001, con el fin de participar en la “Trigésima Segunda Reunión de la Comisión Estadística de las Naciones Unidas”, a realizarse en la ciudad de Nueva York entre el 6 y el 9 de marzo del presente año.
Artículo 2°. La doctora María Eulalia Arteta Manrique, tendrá derecho al pago de costos de desplazamiento, estadía y manutención a razón de US$265 diarios durante cinco días y medio para un total de US$1.457.50 dólares y los pasajes aéreos en la ruta Bogotá-Nueva York-Bogotá por valor de $2.064.000, los cuales se cancelarán con cargo al rubro viáticos y gastos de viaje (DANE) funcionamiento 202-Recurso 10.
Artículo 3°. Encargar al doctor Jaime Obregón Puyana, Subdirector del Dane, de las funciones del despacho de la Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, mientras dure la comisión conferida a la titular.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 2001.
ROMULO GONZALEZ TRUJILLO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Eduardo Pizano de Narváez.