DECRETO 2003 DE 2001
(septiembre 21)
por el cual se autoriza a un funcionario del Consejo Superior de la Judicatura para que acepte una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales conferidas por los artículos 129 y 189 número 18 de la Constitución Política y el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el Decreto 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que la Embajada de Francia ha formulado invitación al doctor Edgar Antonio Escobar López, Director de la Unidad de la Administración de la Carrera Judicial de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, para asistir al Seminario sobre la Evolución de los Sistemas Judiciales en los Países de la Comunidad Andina, “Sistemas Acusatorios e Inquisitivos”, organizado por la Casa Franco Andina del Derecho, que se realizará en Caracas, Venezuela, del 24 al 28 de septiembre del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de los gastos de transporte, alimentación y alojamiento por parte de la Embajada de Francia para apoyar su participación;
Que para la Rama Judicial se hace necesaria la participación del doctor Edgar Antonio Escobar López, Director de la Unidad de la Administración de la Carrera Judicial de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el artículo 1º del Decreto 2197 de 1996, “las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional”;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Autorízase al doctor Edgar Antonio Escobar López, Director de la Unidad de la Administración de la Carrera Judicial de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para aceptar la invitación de la Embajada de Francia al Seminario sobre la Evolución de los Sistemas Judiciales en los Países de la Comunidad Andina, “Sistemas Acusatorios e Inquisitivos”, organizado por la Casa Franco Andina del Derecho, que se realizará en Caracas, Venezuela, del 24 al 28 de septiembre del año en curso y para aceptar el pago de los gastos de transporte, alimentación y alojamiento.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.