DECRETO 1380 DE 2001
(julio 10)
por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2001, contenida en el Decreto 952 del 24 de mayo de 2001.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y
en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 952 del 24 de mayo de 2001,
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 628 de 2000, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2001, el cual se liquidó por medio del Decreto 2790 de 2000;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que mediante Decreto 952 del 24 de mayo de 2001 se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la presente vigencia fiscal en doscientos setenta millones de pesos ($270.000.000) moneda legal;
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;
Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;
DECRETA:
Artículo 1°. Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2001, en la suma de doscientos setenta millones de pesos ($270.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
1. Ingresos del presupuesto nacional 270.000.000
2. Recursos de capital de la Nación 270.000.000
Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2001, en la suma de doscientos setenta millones de pesos ($270.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG. SUBP. NACIONAL PROPIOS
Sección 2901
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 270.000.000 270.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 270.000.000 270.000.000
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos.
DETALLE DE LA COMPOSICION DEL PRESUPUESTO DE RENTAS
CONCEPTOS TOTAL
1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 270.000.000
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION 270.000.000
2. 7OTROS RECURSOS DE CAPITAL 270.000.000
270.000.000
TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECUROS DE CAPITAL 270.000.000
ADICIONES-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. OBJ. ORD. REC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG SUBP NACIONAL PROPIOS
Sección 2901
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
TOTAL 270.000.000 270.000.000
Unidad 2901 01
Gestión General 270.000.000 270.000.000
A. FUNCIONAMIENTO 270.000.000 270.000.000
2 GASTOS GENERALES 270.000.000 270.000.000
2 0 1 ADQUISICION DE BIENES 37.800.000 37.800.000
15 DONACIONES 37.800.000 37.800.000
2 0 2 ADQUISICION DE SERVICIOS 232.200.000 232.200.000
15 DONACIONES 232.200.000 232.200.000
TOTAL ADICIONES 270.000.000 270.000.000