DECRETO 929 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 929 DE 2000    

(mayo 25)    

por el cual se modifica la  Estructura del Instituto Nacional de Radio y Televisión Inravisión.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 189, numeral 16 de la Constitución  Política y con sujeción a los principios y reglas del artículo 54 de la Ley 489 de 1998,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Organos de Dirección y Administración. La  Dirección y Administración del Instituto Nacional de Radio y Televisión estará  a cargo de la Junta de Socios, la Junta Directiva y el Presidente.    

Artículo 2°. Estructura. Para el desarrollo de las  funciones propias del Instituto Nacional de Radio y Televisión-Inravisión–,  establécese la siguiente estructura:    

1       Junta de socios    

2       unta Directiva    

3       Presidencia    

3.1     Secretaría General    

3.2     Oficina Asesora de Jurídica    

3.3     Oficina Asesora de Planeación    

3.4     Oficina de Control Interno    

3.5     Oficina de Investigación y Desarrollo  Educativo y Cultural    

3.6     Vicepresidencia Financiera    

3.7     Vicepresidencia Comercial    

3.8     Vicepresidencia de Radio    

3.9     Vicepresidencia de Televisión    

3.10   Vicepresidencia Técnica    

4.      Organos de Asesoría y Coordinación    

4.1 Comité de  Coordinación del Sistema de Control Interno    

Artículo 3°. Junta de Socios. La Junta de Socios  cumplirá las funciones establecidas en las leyes, los estatutos internos y  demás normas legales vigentes.    

Artículo 4°. Junta Directiva. Son funciones de la  Junta Directiva las siguientes:    

1. Formular la política  general de la empresa, el plan de desarrollo administrativo y los planes y  programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del  Presupuesto, deben proponer para su incorporación a los planes sectoriales y, a  través de éstos, al Plan Nacional de Desarrollo.    

2. Proponer al Gobierno  Nacional las modificaciones a la estructura orgánica que consideren pertinentes  y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos  se introduzca.    

3. Aprobar el proyecto de  presupuesto del respectivo organismo.    

4. Controlar el  funcionamiento general de la organización y verificar su conformidad con la  política adoptada.    

5. Las demás que les  señalen la ley y los estatutos internos.    

Artículo 5°. Presidencia. Corresponde al Presidente  como representante legal del Instituto Nacional de Radio y  Televisión-Inravisión– ejercer además de las funciones establecidas en las  leyes, los estatutos internos y demás normas legales vigentes, las siguientes:    

1. Presentar la propuesta  de planta de personal para la adopción por parte del Gobierno Nacional.    

2. Crear y organizar con  carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo de acuerdo a los  planes, los programas y las necesidades del servicio.    

3. Conformar y asignar  funciones a los órganos de asesoría y coordinación necesarios para la buena  marcha del Instituto.    

4. Distribuir los cargos  de la planta de personal del Instituto, de conformidad con los planes, los  programas y las necesidades del servicio.    

5. Coordinar el proyecto  masivo de educación y cultura pública de acuerdo con las políticas del Gobierno  Nacional.    

Artículo 6°. Secretaría General. Corresponde a la Secretaría General:    

1. Llevar y conservar  bajo su custodia los libros de actas de las sesiones de la Junta Directiva y de  la Junta de Socios, comunicar sus decisiones y suministrar y autenticar copias  de los documentos que le sean solicitados.    

2. Elaborar y revisar los  proyectos de acuerdos y demás documentos que deban someterse a consideración de  la Junta Directiva, Junta de Socios o del Presidente.    

3. Dirigir, coordinar y  controlar la planeación y ejecución de los planes, programas y actividades  relacionadas con administración de los recursos humanos, los bienes y servicios  administrativos de la entidad.    

4. Administrar, aplicar y  controlar el régimen salarial y prestacional de los servidores de la entidad, y  efectuar las liquidaciones de sueldos, salarios y demás prestaciones, de  conformidad con las disposiciones legales vigentes.    

5. Diseñar y desarrollar  planes, programas y reglamentaciones sobre seguridad industrial, higiene y  salud ocupacional.    

6. Dirigir los estudios y  análisis permanentes sobre las necesidades de capacitación y de bienestar  social y preparar en coordinación con las diferentes dependencias los planes y  programas de inducción y capacitación respectivos.    

7. Elaborar en  coordinación con las demás dependencias el Plan Anual de Compras de bienes  muebles.    

8. Dirigir y coordinar lo  relacionado con los inventarios de bienes muebles e inmuebles.    

9. Coordinar la  prestación de los servicios de vigilancia, aseo, mantenimiento, transporte y  correspondencia y administrar, conservar y mantener actualizado el archivo  institucional.    

10. Dirigir, y ejecutar  las políticas encaminadas al desarrollo de las comunicaciones institucionales y  coordinar la organización, actualización y divulgación de la información del  Centro de Documentación.    

11. Coordinar, bajo la  orientación del Presidente, las actuaciones que en materia de control  disciplinario deba surtirse en el Instituto, de conformidad con las  disposiciones legales vigentes.    

12. Fijar las políticas y  procedimientos para la atención de quejas y reclamos que los ciudadanos  formulen, relacionadas con el cumplimiento de la misión de la entidad.    

13. Coordinar con la  Oficina Jurídica los aspectos relacionados con los procesos de contratación que  adelanta el Instituto.    

14. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

15. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 7°. Oficina Jurídica. Corresponde a la  Oficina de Jurídica:    

1 . Asesorar al  Presidente, a los órganos asesores y a las demás dependencias del Instituto, en  los diversos campos de la actividad jurídica y en cumplimiento de las  disposiciones legales.    

2. Verificar y velar  porque toda la actuación de Inravisión en desarrollo de su objeto legal, cumpla  con las normas constitucionales, legales, estatutarias y convencionales.    

3. Dirigir y coordinar  los aspectos jurídicos generales de los contratos, negociaciones y demás  actuaciones de la entidad de acuerdo con sus funciones.    

4. Elaborar los actos  administrativos que se requieran celebrar, con base en los requerimientos  técnicos y administrativos y tramitar su perfeccionamiento y legalización.    

5. Mantener en custodia  los originales de todos los convenios y contratos que celebre Inravisión y  llevar control sobre el estricto cumplimiento de los mismos.    

6. Emitir los conceptos  de orden legal que se requieran sobre las resoluciones, contratos y actos que  debe realizar Inravisión.    

7. Conceptuar y tramitar  los derechos de petición que, desde el punto de vista jurídico, le sean  sometidos a consideración.    

8. Adelantar el cobro  prejudicial de la cartera morosa, controlar el cobro judicial de cartera y  exigir de los abogados externos los informes permanentes necesarios, de  conformidad con las disposiciones legales vigentes.    

9. Compilar y mantener  actualizadas las normas legales relacionadas con la empresa y su  funcionamiento.    

10. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

11. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 8°. Oficina de Planeación. Corresponde a  la Oficina de Planeación:    

1. Asesorar a la  presidencia en la formulación de las políticas, estrategias y directrices  generales del organismo y en la definición y adopción de los planes y programas  que en materia de telecomunicaciones le corresponda desarrollar en cumplimiento  de su misión y objetivos,  conforme a los criterios establecidos por la ley, la Junta de Socios, la Junta  Directiva y por el Gobierno Nacional.    

2. Promover, orientar,  coordinar y desarrollar con las diferentes dependencias del Instituto, el  proceso de planeación integral que permita formular el plan de desarrollo  Institucional de acuerdo a la misión, las políticas, directrices y objetivos  determinados.    

3. Administrar el banco  de proyectos de Inravisión.    

4. Asesorar en la  formulación de proyectos, planes y programas de inversión del Instituto y  llevar a cabo el trámite correspondiente ante la Oficina de Planeación  Sectorial del Ministerio de Comunicaciones y la Comisión Nacional de  Televisión.    

5. Preparar, en  coordinación con las distintas dependencias de la entidad, el presupuesto de  ingresos y gastos de cada vigencia y proponer los ajustes necesarios.    

6. Planear, dirigir, coordinar,  controlar y evaluar el diseño y desarrollo de planes y programas de sistemas  informáticos, implantación y administración de los sistemas de información y  procesamiento de datos, organización, mejoramiento de procesos y simplificación  del trabajo, así como colaborar con todas las dependencias en esos aspectos.    

7. Determinar, promover y  coordinar el diseño y establecimiento de indicadores que permitan evaluar el  resultado de la gestión y resultados en la ejecución de los planes y programas  del Instituto.    

8. Evaluar los resultados  de la ejecución y desarrollo de los planes y programas de la Entidad y  recomendar los ajustes o correctivos necesarios.    

9. Evaluar los estudios e  investigaciones sobre los aspectos técnicos, económicos, financieros y de aquellos  de interés para el Instituto que realicen las distintas dependencias, y  formular observaciones y recomendaciones con el propósito de optimizar los  recursos y evaluar su desarrollo.    

10. Asesorar a la Entidad  en diseño, mejoramiento, racionalización y normalización de los procesos  administrativos y operativos, métodos y sistemas de trabajo.    

11. Propender por la  operación en óptimas condiciones de los equipos y recursos informáticos, la red  de comunicación de datos y el software aplicativo y operacional.    

12. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

13. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 9°. Oficina de Control Interno. Corresponde a la Oficina de Control  Interno:    

1. Asesorar a la  Presidencia en la definición de políticas, planes, programas referidos a la  implementación a los sistemas de control que contribuyan a incrementar la eficiencia  y eficacia en las diferentes áreas de la entidad así como la de garantizar la  calidad en la prestación de los servicios de la institución.    

2. Diseñar y establecer  en coordinación con las diferentes dependencias de la institución, los  criterios, los métodos, los procedimientos y los indicadores de eficiencia y de  productividad para evaluar la gestión y proponer la revisión, diseño e  implantación de esquemas organizacionales, procedimientos, sistemas y  formularios, como medidas preventivas y correctivas cuando los resultados de  las evaluaciones así lo ameriten.    

3. Revisar y evaluar la  solidez, razonabilidad y aplicación de los controles contables, financieros,  operativos, técnicos, administrativos y de sistemas computarizados, para  determinar el grado de cumplimiento de las políticas, planes, procedimientos y  normas vigentes en la Entidad.    

4. Dirigir y coordinar el  ejercicio de las auditorías para evaluar eficiencia y eficacia de los  controles, la operación y uso de los recursos en todas las áreas del Instituto.    

5. Verificar que el  sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la  organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones  de todos los cargos, y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de  mando.    

6. Verificar que los  controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se  cumplan por los responsables de su ejecución.    

7. Garantizar la correcta  evaluación y seguimiento de la gestión organizacional.    

8. Velar por el cumplimiento  de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y  metas de la organización y recomendar los ajustes o acciones necesarios.    

9. Evaluar y verificar la  aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del  mandato constitucional y legal, diseñe la entidad.    

10. Vigilar que la  atención de quejas y reclamos se preste pronta y adecuadamente y rendir los  informes sobre el particular.    

11. Rendir informes a la  Presidencia y a los organismos de control competentes.    

12. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

13. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 10. Oficina de Investigación y Desarrollo  Educativo y Cultural. Corresponde  a la oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural:    

1. Dirigir y coordinar la  realización de planes, estudios e investigaciones que permitan conocer las  necesidades, el impacto y aceptación de la programación educativa y cultural  por radio y televisión.    

2. Coordinar de común  acuerdo con los ministerios y entidades correspondientes, el diseño y puesta en  marcha de proyectos específicos, para que mediante una acción conjunta y bajo  las políticas y directrices del Estado se impartan educación y cultura a la  población colombiana de manera sistemática y permanente.    

3. Evaluar los contenidos  de la programación educativa y cultural y determinar su contribución a la  satisfacción de las necesidades de la población usuaria.    

4. Participar con la  Vicepresidencia Comercial en el diseño de campañas de promoción de la  programación educativa y cultural a cargo de Inravisión.    

5. Realizar y coordinar  con entidades públicas o privadas el diseño y metodología para la elaboración  de contenidos, guiones y libretos de los diferentes programas educativos,  formales, no formales e informales.    

6. Coordinar con la  Vicepresidencia de Radio, la producción, programación, edición y emisión de  programas educativos radiales.    

7. Investigar y evaluar  las innovaciones y adelantos en aspectos educativos y pedagógicos y recomendar  la adopción de las más convenientes para el desarrollo de la televisión  educativa.    

8. Impulsar la  realización de investigaciones sobre las necesidades en materia de educación y  cultura masiva, así como el monitoreo, seguimiento y evaluación de los  proyectos.    

9. Promover, organizar y  asesorar el funcionamiento de centros de recepción de los programas educativos  y culturales en las modalidades individual, colectiva y otras alternativas.    

10. Responder por la  realización de investigaciones sobre audiencias, aceptación, preferencias y  expectativas del público sobre los programas de carácter educativo y cultural.    

11. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

12. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 11. Vicepresidencia Financiera. Corresponde  a la Vicepresidencia Financiera:    

1. Asesorar a la Junta  Directiva y a la Presidencia en la formulación de políticas, normas y  procedimientos para la administración de los recursos presupuestales y  financieros del Instituto.    

2. Dirigir y coordinar la  correcta aplicación del plan contable, costos, presupuestal y tributario, y  responder por la consolidación, elaboración, análisis, interpretación y presentación  de los estados financieros.    

3. Coordinar la revisión,  confrontación, ordenamiento y conservación de la información y documentos  contables bajo su custodia y manejo.    

4. Emitir conceptos sobre  el tratamiento tributario de las diferentes operaciones de contratación de la  entidad y responder por la liquidación, presentación y pago oportuno de los  impuestos que por ley correspondan a Inravisión.    

5. Dirigir la preparación  y presentación de estudios, sistemas y procedimientos que optimicen y aseguren  el corriente cumplimiento de las obligaciones tributarias, al igual que los  informes sobre el registro de las operaciones económico-financieras que le  correspondan o que les sean solicitadas    

6. Evaluar las  condiciones del mercado y proponer a la Presidencia las inversiones de acuerdo  con la política de la Entidad, los plazos de disponibilidad y las mejores tasas  de rentabilidad existentes en el mercado.    

7. Responder por la  preparación del flujo de caja, aplicar las medidas de seguridad necesarias para  el adecuado recaudo, custodia y manejo de dineros y valores y programar y  cancelar los egresos del Instituto.    

8. Dirigir y controlar el  movimiento oportuno de fondos de acuerdo con las disposiciones vigentes y  responder por el manejo y vigilancia de los fondos depositados en bancos y  corporaciones.    

9. Rendir informes  periódicos del estado y movimiento de caja y bancos, elaborar y tramitar los  boletines diarios de caja y bancos correspondientes.    

10. Gestionar y tramitar,  de acuerdo con las normas establecidas por la Dirección General del Tesoro  Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la apertura y cierre de  las cuentas corrientes y de corporaciones a nombre de la Entidad.    

11. Dirigir y gestionar el  adecuado registro, seguimiento y control de la facturación y cartera de la  Entidad, responder por su recuperación y definir los parámetros para liquidar,  cobrar y recaudar los recursos de los diferentes servicios que presta  Inravisión.    

12. Diseñar, implementar  y desarrollar sistemas de contabilidad de costos de acuerdo con la naturaleza  de los bienes y servicios y establecer los sistemas de evaluación de costos.    

13. Proponer a la  Presidencia la fijación de tarifas para los servicios que presta Inravisión.    

14. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

15. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 12 . Vicepresidencia Comercial. Corresponde a la Vicepresidencia  Comercial:    

1. Asesorar al Presidente  en la formulación de las políticas para el mercadeo y la comercialización de  los productos y servicios que presta el Instituto.    

2. Diseñar y ejecutar  estrategias de mercadeo y comercialización y planear y coordinar la producción  y venta de productos, patrocinios y auspicios de la programación cultural y  educativas de televisión y radio.    

3. Realizar directamente  o coordinar con terceros, estudios de mercadeo de los productos y servicios a  cargo de Inravisión y diseñar y adelantar campañas publicitarias para  promocionar los servicios y productos.    

4. Diseñar y establecer  estrategias orientadas a fortalecer la imagen institucional.    

5. Mantener los servicios  en niveles de competividad en cuanto a calidad y precios.    

6. Establecer mecanismos  de control para determinar la eficacia y eficiencia en la prestación de  servicios a los clientes.    

7. Dirigir y coordinar  con las diferentes dependencias del Instituto el diseño y ejecución de  estrategias para el eficiente funcionamiento del sistema de atención al cliente  y controlar el desempeño del mismo.    

8. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

9. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 13. Vicepresidencia de Radio. Corresponde  a la Vicepresidencia de Radio:    

1. Asesorar a la Junta  Directiva y la Presidencia en la formulación de políticas y directrices para el  cumplimiento de los planes y programas de carácter educativo y cultural de la  Radiodifusora Nacional, con la participación de la Oficina de Investigación y  Desarrollo Educativo y Cultural.    

2. Diseñar, dirigir,  coordinar y controlar el desarrollo de la programación y producción, así como  la operación, realización y administración de la Radiodifusora Nacional en sus  diferentes sistemas de onda media, onda corta, FM nacional y local, de acuerdo  con las políticas y objetivos que determinen la ley, la Junta Directiva y la  Presidencia.    

3. Realizar directamente,  o en coordinación con la Oficina de Planeación, estudios, investigaciones y  evaluaciones de la programación y proponer los ajustes correspondientes.    

4. Planear, organizar,  dirigir, controlar y evaluar las actividades y recursos necesarios para la  realización de la programación, producción y emisión de los programas de la  Radiodifusora Nacional.    

5. Coordinar con la  Vicepresidencia de Televisión la asignación de espacios de radio en la  televisión y de la televisión en la radio, para la emisión de programas.    

6. Dirigir y coordinar lo  relacionado con la difusión de la programación de la Radiodifusora Nacional por  la misma radio, por televisión, revistas y otros medios que lleguen a las  audiencias.    

7. Coordinar con la  Vicepresidencia Técnica la atención oportuna de las fallas técnicas que se  presenten en los equipos de producción y emisión de radio.    

8. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

9. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 14. Vicepresidencia de Televisión. Corresponde  a la Vicepresidencia de Televisión Educativa y Cultural:    

1. Planear, dirigir y  coordinar con la participación de la Oficina de Investigación y Desarrollo  Educativo y Cultural, el diseño y desarrollo de la programación y producción de  televisión cultural y educativa que se emite por el canal o canales a cargo de  la entidad, de acuerdo con las políticas y objetivos determinados por la ley,  la Junta Directiva y la Presidencia.    

2. Proponer políticas y  estrategias a la Presidencia para la definición de planes, programas y  proyectos que deba desarrollar la Vicepresidencia, en cumplimiento de sus  objetivos.    

3. Definir metodologías,  estrategias, sistemas y procesos que se han de adoptar, para la producción de  programas educativos y culturales y para la prestación de los servicios a  clientes externos.    

4. Dirigir, coordinar,  programar, controlar y orientar la realización y operación de la producción de  programas de televisión, cine, audiovisuales, anuncios comerciales e  institucionales, edición, postproducción y demás servicios de producción  requeridos por los clientes internos o para los externos, cuando hubiere  disponibilidad para estos últimos.    

5. Planear, organizar,  dirigir, controlar y evaluar, con la participación de la Oficina de Investigación  y Desarrollo Educativo y Cultural, las actividades y recursos necesarios para  la programación, producción y emisión de los programas de la televisión  cultural y educativa.    

6. Mantener informada a  la Vicepresidencia Comercial, acerca de los servicios y productos de la  Vicepresidencia que puedan ofrecerse al mercado y con las diferentes  dependencias en los estudios de costos.    

7. Coordinar con la  Secretaría General y la Vicepresidencia Financiera, la adquisición, aplicación  y control de los recursos necesarios para atender la programación y producción  a su cargo.    

8. Mantener estrechas  relaciones con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, que  tengan responsabilidades y funciones en los sectores de la cultura y la  educación, a fin de proponer políticas y estrategias, aprovechar experiencias,  integrar esfuerzos y realizar actividades conjuntas, con la participación de la  Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural.    

9. Administrar y  controlar el tráfico y almacenamiento del material fotográfico, audiovisual y  fílmico de la programación cultural, educativa y demás material del Instituto.    

10. Adelantar con la  participación de la Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural  y en coordinación con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional, la  realización de convenios de cooperación e intercambio de programación en  materia de televisión cultural y educativa, que sean formalizados por el  gobierno Nacional o la Presidencia.    

11. Planear, dirigir,  coordinar y controlar la adquisición de material nacional o extranjero que se  ajuste a la estructura de programación de televisión cultural o educativa.    

12. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

13. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 15. Vicepresidencia Técnica. Corresponde  a la Vicepresidencia Técnica:    

1. Establecer políticas y  estrategias para la administración del mantenimiento de los equipos de  producción, emisión y transmisión de señales de televisión, radio y demás  servicios de la entidad, de conformidad con la misión y objetivos  institucionales.    

2. Establecer políticas y  estrategias para la administración de la operación y mantenimiento de la  emisión y transmisión de las señales de televisión, radio y demás servicios de  la entidad, de conformidad con la misión y objetivos institucionales.    

3. Realizar estudios e  investigaciones sobre diversos aspectos relacionados con áreas de su  competencia, con el objeto de mejorar los servicios, lograr la optimización  técnica y la permanente renovación y actualización tecnológica.    

4. Planear, dirigir,  evaluar y controlar la realización y mantenimiento de montajes eléctricos,  electrónicos, mecánicos, necesarios para la adecuada prestación de los  servicios de producción, emisión y transmisión de radio, televisión y demás  servicios especializados.    

5. Procurar cobertura  nacional por medio de la modernización tecnológica de la radio y televisión  estatales del nivel nacional y la vinculación de medios comunitarios locales y  regionales.    

6. Coordinar la  evaluación y desarrollo de oportunidades de negocio para el servicio de  transporte y difusión de señales de televisión y radio.    

7. Dirigir, coordinar y  controlar el establecimiento y aplicación de normas e índices de calidad de  funcionamiento de los equipos de televisión y radio.    

8. Responder por la  gestión técnica y administrativa del espectro radioeléctrico asignado a  Inravisión.    

9. Dirigir, coordinar y  controlar el manejo del espectro asignado, de manera integral a nivel nacional,  de tal forma que exista compatibilidad y reducción de interferencias al máximo.    

10. Realizar trámites  ante las autoridades competentes en cuanto a asignación de frecuencias;  análisis de interferencias que se detecten y eliminación de las perjudiciales;  elaboración de estudios sobre cambio de asignaciones por traslado, cambio de  equipo, corrimiento y devolución de frecuencias.    

11. Fomentar en toda la  organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que  contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.    

12. Las demás que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 16. Organos de asesoría y coordinación.  El Comité de Coordinación de Control Interno, y demás órganos de asesoría y  coordinación que se organicen y se integren cumplirán sus funciones de  conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.    

Artículo 17. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Publico,    

Juan Camilo Restrepo Salazar.    

La Ministra de  Comunicaciones,    

Claudia de Francisco.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz.    

               

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