DECRETO 929 DE 2000
(mayo 25)
por el cual se modifica la Estructura del Instituto Nacional de Radio y Televisión Inravisión.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 16 de la Constitución Política y con sujeción a los principios y reglas del artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1°. Organos de Dirección y Administración. La Dirección y Administración del Instituto Nacional de Radio y Televisión estará a cargo de la Junta de Socios, la Junta Directiva y el Presidente.
Artículo 2°. Estructura. Para el desarrollo de las funciones propias del Instituto Nacional de Radio y Televisión-Inravisión–, establécese la siguiente estructura:
1 Junta de socios
2 unta Directiva
3 Presidencia
3.1 Secretaría General
3.2 Oficina Asesora de Jurídica
3.3 Oficina Asesora de Planeación
3.4 Oficina de Control Interno
3.5 Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural
3.6 Vicepresidencia Financiera
3.7 Vicepresidencia Comercial
3.8 Vicepresidencia de Radio
3.9 Vicepresidencia de Televisión
3.10 Vicepresidencia Técnica
4. Organos de Asesoría y Coordinación
4.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
Artículo 3°. Junta de Socios. La Junta de Socios cumplirá las funciones establecidas en las leyes, los estatutos internos y demás normas legales vigentes.
Artículo 4°. Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:
1. Formular la política general de la empresa, el plan de desarrollo administrativo y los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto, deben proponer para su incorporación a los planes sectoriales y, a través de éstos, al Plan Nacional de Desarrollo.
2. Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones a la estructura orgánica que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca.
3. Aprobar el proyecto de presupuesto del respectivo organismo.
4. Controlar el funcionamiento general de la organización y verificar su conformidad con la política adoptada.
5. Las demás que les señalen la ley y los estatutos internos.
Artículo 5°. Presidencia. Corresponde al Presidente como representante legal del Instituto Nacional de Radio y Televisión-Inravisión– ejercer además de las funciones establecidas en las leyes, los estatutos internos y demás normas legales vigentes, las siguientes:
1. Presentar la propuesta de planta de personal para la adopción por parte del Gobierno Nacional.
2. Crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo de acuerdo a los planes, los programas y las necesidades del servicio.
3. Conformar y asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación necesarios para la buena marcha del Instituto.
4. Distribuir los cargos de la planta de personal del Instituto, de conformidad con los planes, los programas y las necesidades del servicio.
5. Coordinar el proyecto masivo de educación y cultura pública de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional.
Artículo 6°. Secretaría General. Corresponde a la Secretaría General:
1. Llevar y conservar bajo su custodia los libros de actas de las sesiones de la Junta Directiva y de la Junta de Socios, comunicar sus decisiones y suministrar y autenticar copias de los documentos que le sean solicitados.
2. Elaborar y revisar los proyectos de acuerdos y demás documentos que deban someterse a consideración de la Junta Directiva, Junta de Socios o del Presidente.
3. Dirigir, coordinar y controlar la planeación y ejecución de los planes, programas y actividades relacionadas con administración de los recursos humanos, los bienes y servicios administrativos de la entidad.
4. Administrar, aplicar y controlar el régimen salarial y prestacional de los servidores de la entidad, y efectuar las liquidaciones de sueldos, salarios y demás prestaciones, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
5. Diseñar y desarrollar planes, programas y reglamentaciones sobre seguridad industrial, higiene y salud ocupacional.
6. Dirigir los estudios y análisis permanentes sobre las necesidades de capacitación y de bienestar social y preparar en coordinación con las diferentes dependencias los planes y programas de inducción y capacitación respectivos.
7. Elaborar en coordinación con las demás dependencias el Plan Anual de Compras de bienes muebles.
8. Dirigir y coordinar lo relacionado con los inventarios de bienes muebles e inmuebles.
9. Coordinar la prestación de los servicios de vigilancia, aseo, mantenimiento, transporte y correspondencia y administrar, conservar y mantener actualizado el archivo institucional.
10. Dirigir, y ejecutar las políticas encaminadas al desarrollo de las comunicaciones institucionales y coordinar la organización, actualización y divulgación de la información del Centro de Documentación.
11. Coordinar, bajo la orientación del Presidente, las actuaciones que en materia de control disciplinario deba surtirse en el Instituto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
12. Fijar las políticas y procedimientos para la atención de quejas y reclamos que los ciudadanos formulen, relacionadas con el cumplimiento de la misión de la entidad.
13. Coordinar con la Oficina Jurídica los aspectos relacionados con los procesos de contratación que adelanta el Instituto.
14. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 7°. Oficina Jurídica. Corresponde a la Oficina de Jurídica:
1 . Asesorar al Presidente, a los órganos asesores y a las demás dependencias del Instituto, en los diversos campos de la actividad jurídica y en cumplimiento de las disposiciones legales.
2. Verificar y velar porque toda la actuación de Inravisión en desarrollo de su objeto legal, cumpla con las normas constitucionales, legales, estatutarias y convencionales.
3. Dirigir y coordinar los aspectos jurídicos generales de los contratos, negociaciones y demás actuaciones de la entidad de acuerdo con sus funciones.
4. Elaborar los actos administrativos que se requieran celebrar, con base en los requerimientos técnicos y administrativos y tramitar su perfeccionamiento y legalización.
5. Mantener en custodia los originales de todos los convenios y contratos que celebre Inravisión y llevar control sobre el estricto cumplimiento de los mismos.
6. Emitir los conceptos de orden legal que se requieran sobre las resoluciones, contratos y actos que debe realizar Inravisión.
7. Conceptuar y tramitar los derechos de petición que, desde el punto de vista jurídico, le sean sometidos a consideración.
8. Adelantar el cobro prejudicial de la cartera morosa, controlar el cobro judicial de cartera y exigir de los abogados externos los informes permanentes necesarios, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
9. Compilar y mantener actualizadas las normas legales relacionadas con la empresa y su funcionamiento.
10. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 8°. Oficina de Planeación. Corresponde a la Oficina de Planeación:
1. Asesorar a la presidencia en la formulación de las políticas, estrategias y directrices generales del organismo y en la definición y adopción de los planes y programas que en materia de telecomunicaciones le corresponda desarrollar en cumplimiento de su misión y objetivos, conforme a los criterios establecidos por la ley, la Junta de Socios, la Junta Directiva y por el Gobierno Nacional.
2. Promover, orientar, coordinar y desarrollar con las diferentes dependencias del Instituto, el proceso de planeación integral que permita formular el plan de desarrollo Institucional de acuerdo a la misión, las políticas, directrices y objetivos determinados.
3. Administrar el banco de proyectos de Inravisión.
4. Asesorar en la formulación de proyectos, planes y programas de inversión del Instituto y llevar a cabo el trámite correspondiente ante la Oficina de Planeación Sectorial del Ministerio de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Televisión.
5. Preparar, en coordinación con las distintas dependencias de la entidad, el presupuesto de ingresos y gastos de cada vigencia y proponer los ajustes necesarios.
6. Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar el diseño y desarrollo de planes y programas de sistemas informáticos, implantación y administración de los sistemas de información y procesamiento de datos, organización, mejoramiento de procesos y simplificación del trabajo, así como colaborar con todas las dependencias en esos aspectos.
7. Determinar, promover y coordinar el diseño y establecimiento de indicadores que permitan evaluar el resultado de la gestión y resultados en la ejecución de los planes y programas del Instituto.
8. Evaluar los resultados de la ejecución y desarrollo de los planes y programas de la Entidad y recomendar los ajustes o correctivos necesarios.
9. Evaluar los estudios e investigaciones sobre los aspectos técnicos, económicos, financieros y de aquellos de interés para el Instituto que realicen las distintas dependencias, y formular observaciones y recomendaciones con el propósito de optimizar los recursos y evaluar su desarrollo.
10. Asesorar a la Entidad en diseño, mejoramiento, racionalización y normalización de los procesos administrativos y operativos, métodos y sistemas de trabajo.
11. Propender por la operación en óptimas condiciones de los equipos y recursos informáticos, la red de comunicación de datos y el software aplicativo y operacional.
12. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
13. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 9°. Oficina de Control Interno. Corresponde a la Oficina de Control Interno:
1. Asesorar a la Presidencia en la definición de políticas, planes, programas referidos a la implementación a los sistemas de control que contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes áreas de la entidad así como la de garantizar la calidad en la prestación de los servicios de la institución.
2. Diseñar y establecer en coordinación con las diferentes dependencias de la institución, los criterios, los métodos, los procedimientos y los indicadores de eficiencia y de productividad para evaluar la gestión y proponer la revisión, diseño e implantación de esquemas organizacionales, procedimientos, sistemas y formularios, como medidas preventivas y correctivas cuando los resultados de las evaluaciones así lo ameriten.
3. Revisar y evaluar la solidez, razonabilidad y aplicación de los controles contables, financieros, operativos, técnicos, administrativos y de sistemas computarizados, para determinar el grado de cumplimiento de las políticas, planes, procedimientos y normas vigentes en la Entidad.
4. Dirigir y coordinar el ejercicio de las auditorías para evaluar eficiencia y eficacia de los controles, la operación y uso de los recursos en todas las áreas del Instituto.
5. Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos, y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.
6. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución.
7. Garantizar la correcta evaluación y seguimiento de la gestión organizacional.
8. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes o acciones necesarios.
9. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad.
10. Vigilar que la atención de quejas y reclamos se preste pronta y adecuadamente y rendir los informes sobre el particular.
11. Rendir informes a la Presidencia y a los organismos de control competentes.
12. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
13. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 10. Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural. Corresponde a la oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural:
1. Dirigir y coordinar la realización de planes, estudios e investigaciones que permitan conocer las necesidades, el impacto y aceptación de la programación educativa y cultural por radio y televisión.
2. Coordinar de común acuerdo con los ministerios y entidades correspondientes, el diseño y puesta en marcha de proyectos específicos, para que mediante una acción conjunta y bajo las políticas y directrices del Estado se impartan educación y cultura a la población colombiana de manera sistemática y permanente.
3. Evaluar los contenidos de la programación educativa y cultural y determinar su contribución a la satisfacción de las necesidades de la población usuaria.
4. Participar con la Vicepresidencia Comercial en el diseño de campañas de promoción de la programación educativa y cultural a cargo de Inravisión.
5. Realizar y coordinar con entidades públicas o privadas el diseño y metodología para la elaboración de contenidos, guiones y libretos de los diferentes programas educativos, formales, no formales e informales.
6. Coordinar con la Vicepresidencia de Radio, la producción, programación, edición y emisión de programas educativos radiales.
7. Investigar y evaluar las innovaciones y adelantos en aspectos educativos y pedagógicos y recomendar la adopción de las más convenientes para el desarrollo de la televisión educativa.
8. Impulsar la realización de investigaciones sobre las necesidades en materia de educación y cultura masiva, así como el monitoreo, seguimiento y evaluación de los proyectos.
9. Promover, organizar y asesorar el funcionamiento de centros de recepción de los programas educativos y culturales en las modalidades individual, colectiva y otras alternativas.
10. Responder por la realización de investigaciones sobre audiencias, aceptación, preferencias y expectativas del público sobre los programas de carácter educativo y cultural.
11. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 11. Vicepresidencia Financiera. Corresponde a la Vicepresidencia Financiera:
1. Asesorar a la Junta Directiva y a la Presidencia en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos presupuestales y financieros del Instituto.
2. Dirigir y coordinar la correcta aplicación del plan contable, costos, presupuestal y tributario, y responder por la consolidación, elaboración, análisis, interpretación y presentación de los estados financieros.
3. Coordinar la revisión, confrontación, ordenamiento y conservación de la información y documentos contables bajo su custodia y manejo.
4. Emitir conceptos sobre el tratamiento tributario de las diferentes operaciones de contratación de la entidad y responder por la liquidación, presentación y pago oportuno de los impuestos que por ley correspondan a Inravisión.
5. Dirigir la preparación y presentación de estudios, sistemas y procedimientos que optimicen y aseguren el corriente cumplimiento de las obligaciones tributarias, al igual que los informes sobre el registro de las operaciones económico-financieras que le correspondan o que les sean solicitadas
6. Evaluar las condiciones del mercado y proponer a la Presidencia las inversiones de acuerdo con la política de la Entidad, los plazos de disponibilidad y las mejores tasas de rentabilidad existentes en el mercado.
7. Responder por la preparación del flujo de caja, aplicar las medidas de seguridad necesarias para el adecuado recaudo, custodia y manejo de dineros y valores y programar y cancelar los egresos del Instituto.
8. Dirigir y controlar el movimiento oportuno de fondos de acuerdo con las disposiciones vigentes y responder por el manejo y vigilancia de los fondos depositados en bancos y corporaciones.
9. Rendir informes periódicos del estado y movimiento de caja y bancos, elaborar y tramitar los boletines diarios de caja y bancos correspondientes.
10. Gestionar y tramitar, de acuerdo con las normas establecidas por la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la apertura y cierre de las cuentas corrientes y de corporaciones a nombre de la Entidad.
11. Dirigir y gestionar el adecuado registro, seguimiento y control de la facturación y cartera de la Entidad, responder por su recuperación y definir los parámetros para liquidar, cobrar y recaudar los recursos de los diferentes servicios que presta Inravisión.
12. Diseñar, implementar y desarrollar sistemas de contabilidad de costos de acuerdo con la naturaleza de los bienes y servicios y establecer los sistemas de evaluación de costos.
13. Proponer a la Presidencia la fijación de tarifas para los servicios que presta Inravisión.
14. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 12 . Vicepresidencia Comercial. Corresponde a la Vicepresidencia Comercial:
1. Asesorar al Presidente en la formulación de las políticas para el mercadeo y la comercialización de los productos y servicios que presta el Instituto.
2. Diseñar y ejecutar estrategias de mercadeo y comercialización y planear y coordinar la producción y venta de productos, patrocinios y auspicios de la programación cultural y educativas de televisión y radio.
3. Realizar directamente o coordinar con terceros, estudios de mercadeo de los productos y servicios a cargo de Inravisión y diseñar y adelantar campañas publicitarias para promocionar los servicios y productos.
4. Diseñar y establecer estrategias orientadas a fortalecer la imagen institucional.
5. Mantener los servicios en niveles de competividad en cuanto a calidad y precios.
6. Establecer mecanismos de control para determinar la eficacia y eficiencia en la prestación de servicios a los clientes.
7. Dirigir y coordinar con las diferentes dependencias del Instituto el diseño y ejecución de estrategias para el eficiente funcionamiento del sistema de atención al cliente y controlar el desempeño del mismo.
8. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 13. Vicepresidencia de Radio. Corresponde a la Vicepresidencia de Radio:
1. Asesorar a la Junta Directiva y la Presidencia en la formulación de políticas y directrices para el cumplimiento de los planes y programas de carácter educativo y cultural de la Radiodifusora Nacional, con la participación de la Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural.
2. Diseñar, dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de la programación y producción, así como la operación, realización y administración de la Radiodifusora Nacional en sus diferentes sistemas de onda media, onda corta, FM nacional y local, de acuerdo con las políticas y objetivos que determinen la ley, la Junta Directiva y la Presidencia.
3. Realizar directamente, o en coordinación con la Oficina de Planeación, estudios, investigaciones y evaluaciones de la programación y proponer los ajustes correspondientes.
4. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades y recursos necesarios para la realización de la programación, producción y emisión de los programas de la Radiodifusora Nacional.
5. Coordinar con la Vicepresidencia de Televisión la asignación de espacios de radio en la televisión y de la televisión en la radio, para la emisión de programas.
6. Dirigir y coordinar lo relacionado con la difusión de la programación de la Radiodifusora Nacional por la misma radio, por televisión, revistas y otros medios que lleguen a las audiencias.
7. Coordinar con la Vicepresidencia Técnica la atención oportuna de las fallas técnicas que se presenten en los equipos de producción y emisión de radio.
8. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 14. Vicepresidencia de Televisión. Corresponde a la Vicepresidencia de Televisión Educativa y Cultural:
1. Planear, dirigir y coordinar con la participación de la Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural, el diseño y desarrollo de la programación y producción de televisión cultural y educativa que se emite por el canal o canales a cargo de la entidad, de acuerdo con las políticas y objetivos determinados por la ley, la Junta Directiva y la Presidencia.
2. Proponer políticas y estrategias a la Presidencia para la definición de planes, programas y proyectos que deba desarrollar la Vicepresidencia, en cumplimiento de sus objetivos.
3. Definir metodologías, estrategias, sistemas y procesos que se han de adoptar, para la producción de programas educativos y culturales y para la prestación de los servicios a clientes externos.
4. Dirigir, coordinar, programar, controlar y orientar la realización y operación de la producción de programas de televisión, cine, audiovisuales, anuncios comerciales e institucionales, edición, postproducción y demás servicios de producción requeridos por los clientes internos o para los externos, cuando hubiere disponibilidad para estos últimos.
5. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar, con la participación de la Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural, las actividades y recursos necesarios para la programación, producción y emisión de los programas de la televisión cultural y educativa.
6. Mantener informada a la Vicepresidencia Comercial, acerca de los servicios y productos de la Vicepresidencia que puedan ofrecerse al mercado y con las diferentes dependencias en los estudios de costos.
7. Coordinar con la Secretaría General y la Vicepresidencia Financiera, la adquisición, aplicación y control de los recursos necesarios para atender la programación y producción a su cargo.
8. Mantener estrechas relaciones con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, que tengan responsabilidades y funciones en los sectores de la cultura y la educación, a fin de proponer políticas y estrategias, aprovechar experiencias, integrar esfuerzos y realizar actividades conjuntas, con la participación de la Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural.
9. Administrar y controlar el tráfico y almacenamiento del material fotográfico, audiovisual y fílmico de la programación cultural, educativa y demás material del Instituto.
10. Adelantar con la participación de la Oficina de Investigación y Desarrollo Educativo y Cultural y en coordinación con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional, la realización de convenios de cooperación e intercambio de programación en materia de televisión cultural y educativa, que sean formalizados por el gobierno Nacional o la Presidencia.
11. Planear, dirigir, coordinar y controlar la adquisición de material nacional o extranjero que se ajuste a la estructura de programación de televisión cultural o educativa.
12. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
13. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 15. Vicepresidencia Técnica. Corresponde a la Vicepresidencia Técnica:
1. Establecer políticas y estrategias para la administración del mantenimiento de los equipos de producción, emisión y transmisión de señales de televisión, radio y demás servicios de la entidad, de conformidad con la misión y objetivos institucionales.
2. Establecer políticas y estrategias para la administración de la operación y mantenimiento de la emisión y transmisión de las señales de televisión, radio y demás servicios de la entidad, de conformidad con la misión y objetivos institucionales.
3. Realizar estudios e investigaciones sobre diversos aspectos relacionados con áreas de su competencia, con el objeto de mejorar los servicios, lograr la optimización técnica y la permanente renovación y actualización tecnológica.
4. Planear, dirigir, evaluar y controlar la realización y mantenimiento de montajes eléctricos, electrónicos, mecánicos, necesarios para la adecuada prestación de los servicios de producción, emisión y transmisión de radio, televisión y demás servicios especializados.
5. Procurar cobertura nacional por medio de la modernización tecnológica de la radio y televisión estatales del nivel nacional y la vinculación de medios comunitarios locales y regionales.
6. Coordinar la evaluación y desarrollo de oportunidades de negocio para el servicio de transporte y difusión de señales de televisión y radio.
7. Dirigir, coordinar y controlar el establecimiento y aplicación de normas e índices de calidad de funcionamiento de los equipos de televisión y radio.
8. Responder por la gestión técnica y administrativa del espectro radioeléctrico asignado a Inravisión.
9. Dirigir, coordinar y controlar el manejo del espectro asignado, de manera integral a nivel nacional, de tal forma que exista compatibilidad y reducción de interferencias al máximo.
10. Realizar trámites ante las autoridades competentes en cuanto a asignación de frecuencias; análisis de interferencias que se detecten y eliminación de las perjudiciales; elaboración de estudios sobre cambio de asignaciones por traslado, cambio de equipo, corrimiento y devolución de frecuencias.
11. Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 16. Organos de asesoría y coordinación. El Comité de Coordinación de Control Interno, y demás órganos de asesoría y coordinación que se organicen y se integren cumplirán sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Artículo 17. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Publico,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
La Ministra de Comunicaciones,
Claudia de Francisco.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.