DECRETO 647 DE 2000
(abril 7)
por el cual se confiere una comisión de servicios en el exterior del país y se hace un encargo.
Nota: Modificado por el Decreto 745 de 2000.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el artículo 189 numeral 1° de la Constitución Política, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y el artículo 4° del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que se requiere comisionar al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, identificado con cédula de ciudadanía número 17157059 de Bogotá, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que se traslade del 10 al 12 de abril de 2000 a la ciudad de Washington (Estados Unidos de América) como integrante de la comitiva Presidencial;
Que esta comisión no causa gastos por concepto de transporte en la ruta Santa Fe de Bogotá-Washington por cuanto el desplazamiento se hará en el avión Presidencial.
En consecuencia,
DECRETA:
Artículo 1°. Conferir comisión de servicios al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, identificado con cédula de ciudadanía número 17157059 de Bogotá, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que se traslade del 10 al 12 de abril de 2000 (último día sin pernoctar) a la ciudad de Washington (Estados Unidos de América) como integrante de la comitiva Presidencial.
Artículo 2°. Modificado por el Decreto 745 de 2000, artículo 1º. Ordenar el suministro al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, de viáticos por la suma de US$265 diarios del 10 al 11 de abril de 2000 y US$132.50 por el día 12 del mismo mes y año, según lo dispuesto en el Decreto 067 del 8 de enero de 1999, para un total de US$662.50.
Parágrafo. Los gastos aquí autorizados serán pagados con cargo al presupuesto vigente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según certificado de disponibilidad número 77 del 14 de enero de 2000.
Texto inicial: “Ordenar el suministro al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, de pasajes en primera clase en la ruta Washington-Santa Fe de Bogotá y viáticos por la suma de US$265.00 diarios del 10 al 11 de abril de 2000 y US$132.50 por el día 12 del mismo mes y año, según lo dispuesto en el Decreto 067 del 8 de enero de 1999, para un total de US$662.50.
Parágrafo. Los gastos aquí autorizados serán pagados con cargo al presupuesto vigente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según certificados de disponibilidad presupuestal números 888-V-290699 para pasajes y 77 del 14 de enero de 2000 para viáticos.”.
Artículo 3°. Ordenar al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar presentar ante el señor Presidente de la República dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión, un informe detallado sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, según lo dispone el artículo 12 del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997.
Artículo 4°. Encargar al doctor Francisco de Paula Estupiñán Heredia, identificado con cédula de ciudadanía número 19145965 de Bogotá, actual Viceministro de Hacienda y Crédito Público, de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público mientras el titular permanece en el exterior.
Artículo 5°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.