DECRETO 1944 DE 2000
(septiembre 26)
por el cual se autoriza a un funcionario del Departamento Administrativo Nacional
de Estadística, para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Estadística (INE) de Guatemala, mediante oficio de fecha 20 de septiembre de 2000, formuló invitación a un funcionario del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, con el propósito de asesorar el proceso informático del IPC de Guatemala, a realizarse en dicha ciudad, del 1° al 31 de octubre del año en curso;
Que para participar en la solicitada asesoría se designó al funcionario Ambrosio Bazán Caicedo, Profesional Especializado Código 3010 Grado 18 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, quien devenga una asignación básica mensual de $1.546.607.00;
Que el funcionario designado requiere autorización para aceptar la invitación formulada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) de Guatemala, que incluye el suministro de pasajes aéreos de ida y regreso, y viáticos durante la estadía;
Que de conformidad con el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia: “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorizar al funcionario Ambrosio Bazán Caicedo, Profesional Especializado Código 3010 Grado 18, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, identificado con cédula de ciudadanía número 19167858 de Bogotá, para aceptar del Instituto Nacional de Estadística (INE) de Guatemala, la invitación formulada que incluye el suministro de pasajes aéreos de ida y regreso, y viáticos durante la estadía, para asesorar el proceso informático del IPC de Guatemala, a realizarse en dicha ciudad del 1° al 31 de octubre del año en curso.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
María Eulalia Arteta Manrique.