DECRETO 1237 DE 2000
(junio 29)
por el cual se confiere la condecoración Cruz al Mérito Policial.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades que le confiere el artículo 5° del Decreto 2806 de 1979, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 2806 de 1979, el Gobierno Nacional creó la condecoración “Cruz al Mérito Policial”, para exaltar los méritos de quienes se han distinguido en el servicio a la patria y a la sociedad, sobresaliendo por su abnegación, constancia y dedicación en la lucha contra el delito;
Que el Consejo de la “Cruz al Mérito Policial”, en reunión celebrada el tres (3) de mayo de 2000, consideró oportuna conferir la condecoración “Cruz al Mérito Policial”, a un personal adscrito a la Dirección Antisecuestro y Extorsión, por haber reunido los requisitos exigidos en el artículo 3° del Decreto 2806 de 1979,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérese la condecoración “Cruz al Mérito Policial”, en forma póstuma al siguiente personal:
MY. Solis Javier Aldana Granados
CT. Jaime Rojas García.
Artículo 2°. Imponer la condecoración a que se refiere el artículo anterior, en ceremonia especial, de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis Fernando Ramírez Acuña.