DECRETO 1229 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1229 DE 2000    

(junio 29)    

por medio del cual se reconoce  tiempo de servicio excedente y se asciende 

  a un funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores dentro del escalafón 

  de la Carrera Diplomática y Consular de la República.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 189 de la Constitución Política y  de conformidad con lo dispuesto por los artículos 25 y 95 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que la doctora Ana  Carlina Plazas Carrillo, fue  nombrada provisionalmente en el cargo de Mecanógrafa II-II de la Sección de  Personal, mediante Resolución 1009 del 6 de agosto de 1971 y tomó posesión del  cargo el 2 de septiembre de 1971;    

Que la doctora Ana  Carlina Plazas Carrillo, fue inscrita en la categoría de Primer Secretario  dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular de la República,  mediante Decreto  595 del 27 de marzo de 1989;    

Que la doctora Ana  Carlina Plazas Carrillo, fue ascendida a la categoría de Consejero dentro del  escalafón de la Carrera Diplomática y Consular de la República, mediante Decreto  1108 del 11 de junio de 1993;    

Que la doctora Ana  Carlina Plazas Carrillo, fue ascendida a la categoría de Ministro Consejero  dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular de la República y le  fue reconocido tiempo de servicio excedente en la categoría de Primer  Secretario por espacio de 2 meses y 13 días, mediante Decreto  1199 del 29 de abril de 1997;    

Que la doctora Ana  Carlina Plazas Carrillo, presentó y aprobó las pruebas de conocimiento entre el  13 y 24 de septiembre de 1991 con calificación de 325.5/400 puntos, cuyo  resultado fue comunicado por la Dirección General de la Academia Diplomática a  través del oficio número 1543 del 11 de noviembre de 1999;    

Que la doctora Ana  Carlina Plazas Carrillo, actualmente desempeña el cargo de Ministro Consejero,  Código 2031 Grado 22, de la planta global del Ministerio;    

Que la Comisión de  Personal de la Carrera Diplomática y Consular, en la sesión realizada el 30 de  marzo de 2000, según consta en el acta 439 y con base en lo preceptuado en el Decreto ley 10 de  1992, previo el estudio de los antecedentes laborales de la doctora Plazas  Carrillo, estableció que  permaneció en la categoría de Consejero desde el 27 de marzo de 1993 hasta el  28 de abril de 1997, y por lo tanto le asiste el derecho a reconocimiento de  tiempo excedente en la categoría de Consejero para la inmediatamente superior  desde el 27 de marzo hasta el 28 de abril de 1997, es decir por espacio de un  (1) mes y un (1) día;    

Que el reconocimiento de  tiempo de servicio excedente a la doctora Plazas Carrillo en la categoría de  Consejero, se efectúa de conformidad con las disposiciones del Decreto ley 10 de  1992, en cumplimiento del régimen de transición previsto por el artículo 95  del Decreto ley 274 de  2000;    

Que la Comisión de  Personal de la Carrera Diplomática y Consular, en la sesión realizada el 30 de  marzo de 2000, acta 439, previa la verificación del cumplimiento de los  requisitos exigidos en el Decreto ley 10 de  1992, emitió concepto favorable para el ascenso de la doctora Plazas  Carrillo, dentro del escalafón  de la Carrera Diplomática y Consular de la República, a la categoría de  Ministro Plenipotenciario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Reconózcase el excedente del tiempo  servido por la doctora Ana Carlina Plazas Carrillo, en la categoría de  Consejero para la categoría inmediatamente superior del escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular de la República, por espacio de un (1) mes y un (1) día,  teniendo en cuenta que laboró en la categoría de Consejero, desde el 27 de  marzo de 1993 hasta el 28 de abril de 1997.    

Artículo 2°. Asciéndese a la categoría de  Ministro Plenipotenciario, dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular de la República a la doctora Ana Carlina Plazas Carrillo, Ministro Consejero, Código 2031,  Grado 22 de la planta global del Ministerio.    

Artículo 3°. Este decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., 29 de junio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Guillermo Fernández de Soto.    

               

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